2023
Nuevo Real Decreto de ordenación del Sistema de Formación Profesional
En julio de 2023, se ha publicado el Real Decreto 659/2023 por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional. Esta norma elimina las barreras para que cualquier persona pueda estudiar cuando lo considere oportuno y adapte esa formación a sus necesidades laborales o vitales. La norma permitirá ampliar la oferta en más de 9.000 formaciones de muy diversas duraciones y tipologías, estructuradas en grados. Desde las llamadas "microformaciones" (grado A), hasta los títulos de FP y los cursos de especialización o másteres de la Formación Profesional (grado D y E, respectivamente). Todas ellas formarán parte de módulos con validez y reconocimiento oficial dentro del sistema de FP y serán acreditables. Además, contempla el diseño de itinerarios integrados en los que se podrán combinar ciclos de diferentes grados y ofertas de doble titulación internacional.
Este Real Decreto, asegura el carácter dual de toda la Formación Profesional con formación en el centro y en la empresa en periodos de más calidad y mayor duración. Se establecen las funciones del tutor dual de centro y del tutor dual de empresa.
La norma agiliza asimismo la acreditación de las competencias profesionales adquiridas por vías no formales y contempla que las comunidades autónomas y las organizaciones sindicales y empresariales trabajen junto al ministerio para plantear nuevas titulaciones necesarias en los territorios o en el tejido productivo.
Otros aspectos relevantes que introduce este RD son:
- Establece una estrategia de orientación profesional e impulsa la internacionalización y el trabajo conjunto entre profesorado, centros y alumnado con otros países.
- Incluye nuevos módulos en todos los ciclos de Grado Medio y Grado Superior que abordan aspectos clave para la economía actual como la digitalización, la sostenibilidad, el inglés técnico o la empleabilidad.
- Establece un nuevo modelo de centro especializado e integral con ofertas de formación tanto para jóvenes como para trabajadores, con varias figuras nuevas como el responsable de innovación, el de internacionalización o el coordinador del servicio de orientación profesional.
- Incorpora otros nuevos perfiles en el sistema de FP como los expertos de empresa, que podrán impartir docencia; los expertos senior de empresa, que podrán incorporarse a los equipos docentes; y los prospectores de empresas, que facilitarán el contacto entre el centro y las empresas del entorno.
Red de Centros y Aulas de Capacitación Digital
En junio de 2023 se ha publicado el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación para la creación de una Red de Centros/Aulas de Capacitación Digital con un presupuesto de más de 29 millones de euros. La creación de esta red es una medida para acercar la oferta formativa a toda la ciudadanía a través de aquellos centros que permitan, por su cercanía y facilidad de acceso, hacer una oferta atractiva de capacitación digital, con especial atención a los sectores de población más vulnerable.
La Red de Centros y Aulas de Capacitación Digital permitirá a la ciudadanía formarse en competencias digitales transversales necesarias para desenvolverse de forma cotidiana en una sociedad cada vez más digitalizada, en la que servicios esenciales, tales como la banca, el acceso a las administraciones públicas o el consumo se hace de forma telemática, excluyendo de facto a un sector de la población que, bien por su edad, por su bajo nivel de formación, o por su vulnerabilidad, carecen de las competencias digitales necesarias, situándolos en clara inferioridad respecto de la población general y empeorando de forma significativa su calidad de vida. Esos centros van a ofrecer, oportunidades de formación con independencia del lugar de residencia o formación previa de las personas y facilitando, por tanto, un acceso a una formación generalizado compatible con las obligaciones de la ciudadanía derivadas de distintas condiciones personales, laborales o sociales. El público diana de carácter preferencial serán las personas mayores de 55 años con un nivel bajo de cualificación, atendiendo especialmente a la brecha de género, que en este rango de edad está muy pronunciada. No obstante, las acciones formativas que se lleven a cabo en estos centros podrán alcanzar a otros colectivos de población general, siempre que se encuentren fuera del sistema educativo y formativo, y que puedan mejorar su calidad de vida a través de la adquisición de unas competencias digitales básicas.
Plan de Modernización de la Formación Profesional
En junio se ha publicado la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto para el Plan de Modernización de la Formación Profesional de más de 273 millones de euros, con cargo al presupuesto del Ministerio de Educación y Formación Profesional 2023 y en el marco del componente 20 «Plan Estratégico de Impulso de la Formación Profesional», del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).
La misión del plan es crear un ecosistema de relanzamiento económico desde la apuesta por el capital humano y el talento, y garantizar una formación y cualificación profesional a toda la población, desde estudiantes de las enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo hasta la población activa. La propuesta es convertir la Formación Profesional en una palanca para la reconstrucción mediante tres pasos:
- Reconocimiento y acreditación de las competencias profesionales.
- Mejora de la accesibilidad a la Formación Profesional y a los servicios de orientación profesional.
- Incorporación de la digitalización, la innovación y el emprendimiento en el sistema de Formación Profesional.
Con la finalidad de cumplir con el objetivo del Plan de Modernización para la Formación Profesional, el Ministerio de Educación y Formación Profesional ha definido las siguientes actuaciones:
- Actuación 1: Evaluación y acreditación de las competencias adquiridas por la experiencia laboral y vías no formales de formación.
- Actuación 2: Conversión de aulas en espacios de tecnología aplicada.
- Actuación 3: Aulas de emprendimiento en Formación Profesional.
- Actuación 4: Creación de ciclos formativos bilingües de grado medio, superior y Cursos de especialización.
Becas y ayudas al estudio para el curso 2023-2024
El presupuesto de becas y ayudas al estudio ha alcanzado su máximo histórico para el próximo curso. Concretamente, se van a destinar 2 520 millones de euros a becas y ayudas al estudio. Es el quinto año consecutivo que aumenta su financiación. Desde 2018, el presupuesto se ha incrementado un 70%.
Toda la información sobre requisitos, plazos, cuantías y procedimientos para poder optar a estas becas y ayudas están disponibles en el portal de becas del MEFP y del Ministerio de Universidades. El objetivo es centralizar la información y hacerla más accesible. El plazo para solicitar las becas general comienza el 27 de marzo y acaba el 17 de mayo.
Además, en esta nueva convocatoria hay una ayuda universal de 400 euros para los estudiantes de niveles educativos no universitarios que acrediten una discapacidad de, al menos, un 33%, trastorno grave de conducta, de la comunicación o el lenguaje o del espectro autista, con el fin de sufragar los gastos adicionales que sus familias deben afrontar. En este caso, la ministra ha estimado que la ayuda beneficiará a más 214.000 alumnos y alumnas.
2022
Creación de la red estatal de centros de excelencia de formación profesional
En julio de 2022 se ha publicado la Orden EFP/ 717/2022 por la que se crea la red estatal de centros de excelencia de formación profesional, se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para su implantación y desarrollo, y se procede a su convocatoria en el año 2022, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Nuevo Marco Español de Cualificaciones para el Aprendizaje Permanente
En mayo de 2022, se ha publicado el Real Decreto 272/2022 por el que se establece el Marco Español de Cualificaciones para el Aprendizaje Permanente.
En el real decreto se establece el Marco Español de Cualificaciones para el Aprendizaje Permanente (MECU) y la descripción de los niveles no recogidos, a excepción del nivel 5A, en el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES), regulado en el Real Decreto 1027/2011, por el que se establece el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior.
La finalidad de este marco es completar e integrar el marco general de cualificaciones español, cuya finalidad es orientar la clasificación, comparabilidad y transparencia de las cualificaciones acreditadas oficialmente.
Se incluyen los títulos y certificaciones oficiales del sistema educativo español, así como los certificados de profesionalidad en el ámbito de la Formación Profesional para el Empleo regulados en la normativa vigente.
El MECU es un instrumento, internacionalmente reconocido que, mediante la autocertificación, orienta la nivelación coherente de las cualificaciones para su clasificación, relación y comparación y que sirve, asimismo, para facilitar la movilidad de las personas en el espacio europeo y en el mercado laboral internacional.
Nueva ley de ordenación e integración de la formación profesional
En abril de 2022 entró en vigor la Ley 3/2022 de ordenación e integración de la formación profesional. Esta ley tiene por objeto la constitución y ordenación de un sistema único e integrado de formación profesional. La finalidad de la norma es regular un régimen de formación y acompañamiento profesionales que, sirviendo al fortalecimiento, la competitividad y la sostenibilidad de la economía española, sea capaz de responder con flexibilidad a los intereses, las expectativas y las aspiraciones de cualificación profesional de las personas a lo largo de su vida y a las competencias demandadas por las nuevas necesidades productivas y sectoriales tanto para el aumento de la productividad como para la generación de empleo. Esta información también se puede consultar en su dossier informativo y vídeo promocional.
Además, asegura que cuantas medidas y acciones se programen y desarrollen en el marco del Sistema de Formación Profesional deberán responder a la finalidad a la que éste sirve, con la flexibilidad que exige la generación de itinerarios formativos y profesionales versátiles.
El texto ha sido fruto de un intenso proceso de participación que comenzó a finales de 2020. Ha recibido las aportaciones del sector empresarial, las comunidades autónomas, otros departamentos ministeriales, interlocutores sociales, numerosas asociaciones y entidades, y también de la ciudadanía. Además, ha contado con los informes favorables del Consejo Escolar del Estado, el Consejo Económico y Social, el Consejo General de la FP, Conferencias Sectoriales y del Consejo de Estado.
Nueva regulación de la evaluación, promoción y titulación en formación profesional y educación de personas adultas
En noviembre de 2021 se ha publicado el Real Decreto 984/2021 que regula la evaluación, la promoción y la titulación de las diferentes etapas educativas, entre ellas, formación profesional y educación de personas adultas.
Este decreto surge de la necesidad de regular la evaluación, promoción y titulación en el periodo transitorio hasta la entrada en vigor de los nuevos currículos. Por tanto, tendrá vigencia exclusivamente durante el curso 2021/2022 y, solo en los cursos pares, durante el curso 2022/2023. A partir del 1 de septiembre de 2022 se comenzarán a aplicar los nuevos currículos en los cursos impares y la evaluación, promoción y titulación estarán reguladas por los correspondientes reales decretos para estas enseñanzas.
- Formación profesional básica: la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado será continua, formativa e integradora. El equipo docente actuará de manera colegiada a lo largo del proceso de evaluación y en la adopción de las decisiones resultantes del mismo atendiendo a los criterios pedagógicos. La evaluación del proceso de aprendizaje y la calificación del alumnado tendrá como referente los resultados de aprendizaje y las competencias profesionales, personales y sociales de cada módulo. La superación de la totalidad de los módulos incluidos en un ciclo de formación profesional básica conducirá a la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
- Obtención del título de Bachillerato con el Título de Técnico o Técnica en Formación Profesional o en Artes Plásticas y Diseño: el alumnado con esta titulación podrá obtener el título de Bachillerato tras la superación de las siguientes materias: Filosofía; Historia de España; Lengua Castellana y Literatura I y II y, en su caso, Lengua Cooficial y Literatura I y II; Primera Lengua Extranjera I y II, así como 2 materias de la modalidad de Bachillerato correspondiente.
- Formación profesional de grado medio: la evaluación del aprendizaje del alumnado se realizará por módulos profesionales, teniendo siempre en cuenta la globalidad del ciclo. La superación de un ciclo formativo de grado medio requerirá la evaluación positiva en todos los módulos profesionales que lo componen.
- Educación de personas adultas:
- Educación básica: la superación de todos los ámbitos de conocimientos de estas enseñanzas dará derecho a la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Asimismo, el equipo docente podrá proponer para la expedición de dicho título a aquellas personas que, aun no habiendo superado alguno de los ámbitos, se considere que han conseguido globalmente los objetivos generales de la formación básica de las personas adultas.
- Bachillerato: los alumnos y alumnas que cursen Bachillerato para personas adultas obtendrán el título siempre que hayan obtenido evaluación positiva en todas las materias de los dos cursos de Bachillerato, o en todas las materias salvo en una.
Equivalencias de títulos anteriores al actual sistema educativo para el acceso a las enseñanzas de formación profesional
La nueva normativa publicada establece como equivalentes, a los efectos de acceso a ciclos formativos de grados superior:
- el título de Bachillerato regulado por la Ley Orgánica 2/2006 de Educación;
- el título de Bachillerato Unificado Polivalente (BUP) regulado por la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa.
Flexibilización de los requisitos para impartir formación profesional
El Real Decreto 62/2022 tiene por objeto flexibilizar los requisitos para impartir ofertas de formación profesional conducentes a la obtención de títulos de formación profesional, certificados de profesionalidad y otras ofertas formativas vinculadas al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. Asimismo, tiene por objeto avanzar en la ampliación y flexibilización de la oferta de formación profesional.
Esta norma es de aplicación a los centros, de naturaleza pública o privada, debidamente autorizados, que ofertan títulos de formación profesional, certificados de profesionalidad, y otras ofertas formativas vinculadas al Catálogo Nacional de cualificaciones Profesionales.
2021
Anteproyecto de Ley Orgánica de Ordenación e Integración de la formación profesional
En septiembre de 2021 se ha aprobado en Consejo de Ministros el anteproyecto de Ley Orgánica de Ordenación e Integración de la Formación Profesional. En este último trimestre del año, se llevará a cabo su tramitación parlamentaria en ambas cámaras, Congreso y Senado. El texto consolida el sistema único de Formación Profesional al servicio de estudiantes y trabajadores empleados o desempleados. Este nuevo sistema integrará la FP del sistema educativo y la FP para el empleo en un solo modelo.
La futura norma establecerá así una oferta única, modular y flexible de Formación Profesional dirigida por primera vez a estudiantes y trabajadores, (tanto empleados como desempleados) y ordenada en itinerarios formativos que permiten la progresión a través de cinco grados ascendentes: acreditación parcial de competencias (grado A), Certificado de Competencia Profesional (grado B), Certificado Profesional (grado C), Ciclos Formativos (Grado D) y Cursos de especialización (Grado E). Toda la oferta en ciclos de los Grados C, D y E tendrá carácter dual y se dividirá en dos tipos:
- Formación Profesional Dual general;
- Formación Profesional Dual avanzada.
En cuanto a la acreditación de competencias, la norma también agiliza el sistema de acreditación de competencias profesionales adquiridas mediante la experiencia laboral y vías no formales de formación.
El anteproyecto de Ley de Formación Profesional regula la relación entre las enseñanzas de Formación Profesional y las universitarias promoviendo el reconocimiento mutuo, en calidad de créditos de educación superior, para facilitar el establecimiento de itinerarios formativos que reconozcan la formación previamente adquirida en ambos sentidos.
El anteproyecto de ley crea nuevos instrumentos de gestión para ordenar el nuevo sistema de Formación Profesional:
- Registro Estatal de Formación Profesional, que permitirá a cualquier ciudadano acceder al mismo y obtener un informe de vida formativa-profesional actualizado con su experiencia formativa.
- Catálogo Modular de Formación Profesional, en el que se determinarán los módulos profesionales vinculados a cada uno de los estándares de competencia.
- Catálogo de Ofertas de Formación Profesional, que determinará el conjunto de las acciones formativas disponibles.
- Catálogo de Estándares de Competencia Profesional, que sustituye al actual Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
Asimismo, otros aspectos que el anteproyecto de ley establece son:
- el desarrollo de una Estrategia general de orientación profesional en el marco de la Formación Profesional;
- la obligación para todos los centros de estar inscritos en el Registro Estatal de Centros Docentes no Universitarios o en el Registro de Entidades de Formación Profesional;
- la creación un nuevo cuerpo de profesores especialistas en sectores singulares de Formación Profesional, al que podrán acceder técnicos superiores de FP en determinadas especialidades;
- la internacionalización de la formación profesional mediante la participación en proyectos internacionales, en proyectos de formación entre centros españoles y extranjeros, así como la movilidad de alumnado y profesorado entre centros de distintos países.
Becas y ayudas al estudio para el curso 2021-2022
El presupuesto de becas y ayudas al estudio ha aumentado en más de 128 millones, hasta los 2038 millones de euros, en parte para incluir la entrada de nuevos beneficiarios como consecuencia de la crisis derivada de la pandemia de Covid-19. Es el tercer año consecutivo que aumenta su financiación. Desde 2018, el presupuesto se ha incrementado un 39,6 % y el número de beneficiarios en un 24,5 %.
En el caso de la convocatoria general de becas, los plazos de presentación de solicitudes abarcan hasta el 30 de septiembre de 2021, inclusive, en el caso de las becas para estudiantes no universitarios; y hasta el 14 de octubre de 2021 en el de los estudiantes universitarios.
Toda la información sobre requisitos, plazos, cuantías y procedimientos para poder optar a estas becas y ayudas están disponibles en el portal de becas del MEFP y del Ministerio de Universidades. El objetivo es centralizar la información y hacerla más accesible.
De acuerdo con los cálculos del MEFP y del Ministerio de Universidades, unos 850.000 estudiantes se beneficiarán de esta convocatoria de becas generales: 390.000 de ellos de enseñanzas universitarias y 460.000 de enseñanzas no universitarias.
Plan estratégico de subvenciones del Ministerio de Educación y Formación Profesional 2021/2023.
El pasado mes de mayo de 2021 la Ministra de Educación y Formación Profesional aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones 2021-2023, con el objetivo de ayudar a la planificación, la ejecución y el seguimiento de las subvenciones gestionadas por el Ministerio. Con este plan se busca llevar a cabo una gestión más eficaz y eficiente, así como un funcionamiento más transparente. El Plan Estratégico de Subvenciones 2021-2023 del Ministerio de Educación y Formación Profesional consta de 8 objetivos estratégicos, de los cuales tienen impacto en formación profesional los siguientes:
- Objetivo estratégico 2: promover la formación permanente y la movilidad del profesorado. Entre otras líneas de subvención se incluye la realización de cursos y formación del profesorado.
- Objetivo estratégico 3: mejorar la calidad de la oferta educativa en Educación Secundaria y Formación Profesional. Entre otras líneas de subvención se incluyen: premios a la calidad e innovación en orientación y Formación Profesional, incentivos a centros para la participación en programas de internacionalización, premios a proyectos de Formación Profesional Dual…
- Objetivo estratégico 4: garantizar la inclusión educativa y una educación de calidad para todo el alumnado. Entre otras líneas de subvención se incluyen las subvenciones a entidades privadas sin fines de lucro para la realización de actuaciones dirigidas a la atención del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo y a la compensación de desigualdades en educación.
- Objetivo estratégico 5: garantizar la igualdad de oportunidades en el ejercicio del derecho a la educación. Entre otras líneas de subvención se incluyen los Premios Nacionales de Formación Profesional de grado superior.
- Objetivo estratégico 8: potenciar el aprendizaje de lenguas extranjeras. Entre otras líneas de subvención se incluye el Programa de inmersión lingüística en lengua inglesa.
Nueva Ley Orgánica de Educación LOMLOE
El 19 de enero de 2021 entró en vigor la Ley Orgánica 3/2020 por la que se modifica la Ley de Orgánica 2/2006 (LOMLOE), de Educación. Su entrada en vigor ha derogado la Ley Orgánica 8/2013 para la mejora de la calidad educativa (LOMCE).
Esta nueva ley persigue mejorar el reconocimiento social de los itinerarios formativos de Formación Profesional para aproximar a España a las tasas de alumnado que opta por esta vía en el resto de los países europeos. Los principales cambios que esta nueva ley introduce en la Formación Profesional son los siguientes:
- La Formación Profesional avanza hacia un sistema integrado, transitable y con perspectiva a lo largo de la vida. Se incorporan cursos de especialización.
- Se flexibilizan notablemente las condiciones de acceso y de admisión, estableciendo pasarelas con el resto del sistema educativo. Asimismo, se agilizan los procesos de incorporación de nuevos contenidos.
- Los alumnos y alumnas que superen un ciclo formativo de grado básico recibirán el título de graduado en ESO, lo que les permitirá el acceso a cualquier enseñanza postobligatoria. Por tanto, en la Formación Profesional Básica se integra la formación general y la profesional.
- El título de Técnico de Formación Profesional permitirá el acceso tanto a los ciclos formativos de grado superior como a las Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño.
- Conforme al principio de inclusión educativa, se organizan ofertas específicas de ciclos formativos de grado básico dirigidas al alumnado con necesidades específicas especiales y adaptaciones metodológicas y organizativas para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.
- Se podrán organizar programas formativos específicos destinados a mayores de 17 años que abandonaron el sistema educativo sin cualificación, con el fin de permitirles obtener el título de Formación Profesional o una certificación académica.
- Se impulsan los centros integrados de Formación Profesional y la Formación Profesional Dual.
Medidas urgentes adoptadas en el ámbito de la educación no universitaria para el curso 2020-2021
El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEFP), aprobó el Real Decreto-Ley 31/2020 que recoge entre otras las siguientes medidas que afectan a la Formación Profesional:
- De manera excepcional y temporal, la contratación de docentes que cumplan con todos los requisitos pero que aún no hayan cursado el máster específico de formación didáctica y pedagógica. De este modo, se ha podido realizar el refuerzo de las plantillas necesario para garantizar el derecho a la educación en condiciones de seguridad durante el curso 2020-2021. La cobertura de estas plazas, de carácter excepcional y limitado, podrá llevarse a cabo para las materias en las que se agoten las listas de aspirantes al desempeño de puestos de trabajo en régimen de interinidad y de demandantes de empleo que estén en posesión del citado máster. Las plazas creadas se amortizarán al finalizar el curso en el que desaparezcan los motivos de urgente necesidad que originaron su creación. La continuidad en el ejercicio de la docencia, así como el eventual ingreso posterior en la función pública de quienes hayan ejercido la docencia en estas condiciones excepcionales exigirá estar en posesión del mencionado máster.
- En cuanto a la formación en centros de trabajo (FCT), se permite la reducción de la duración de estos módulos respetándose en todo caso el mínimo de horas establecidas en la ley. En el caso de la FP de Grado Superior, este módulo de FCT se podrá integrar en el módulo de proyecto, y en el caso de la FP Básica y de Grado Medio, se podrá crear un módulo de proyecto para integrarlo con la formación en centros de trabajo. Además, será posible sustituir la estancia en empresas por una propuesta de actividades asociadas al entorno laboral cuando no exista otra alternativa.
- Por lo que se refiere a los certificados de profesionalidad de la Formación Profesional para el empleo, regulados por Real Decreto 34/2008, de 18 enero, también se establecen medidas excepcionales, durante el curso escolar 2020-2021, para la realización del módulo de formación práctica en centros de trabajo cuando no sea posible la realización efectiva en un ámbito empresarial.
Financiación del plan REACTIVAFP 20-21 y otros programas relacionados con FP
El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEFP), ha aprobado una inversión de 33 millones de euros destinados a diferentes programas educativos de cooperación territorial con las comunidades autónomas en el ámbito de la Formación Profesional. Estos acuerdos fueron aprobados el pasado 21 de octubre de 2020 por la Comisión General de la Conferencia Sectorial de Educación.
Esta inversión distribuida entre las CCAA irá destinada a programas de:
- Evaluación y Acreditación de Competencias Profesionales (3 481 170 euros).
- Formación Profesional Dual (9 000 000 de euros).
- Acciones de Calidad de FP del Sistema Educativo (4 634 960 euros).
- Programa REACTIVAFP 20-21, dentro de las acciones para el fomento de la calidad de la FP (10 583 870 euros).
- Iniciativas de formación, perfeccionamiento y movilidad del profesorado de FP con 5 300 000 euros.
Estos fondos se suman a los previstos en el Plan de Modernización de la Formación Profesional. El periodo de ejecución está comprendido entre el 1 de septiembre de 2020 y el 31 de diciembre de 2021, y su justificación se realizará antes del 31 de marzo de 2022.
Los criterios de distribución empleados en el reparto de estos fondos son, entre otros, el número de alumnado, profesores y centros de FP, la tasa de riesgo de pobreza, el número de municipios con menos de 10 000 habitantes, la tasa de abandono educativo temprano, la cantidad de empresas participantes en FP Dual, la brecha de género en las titulaciones, las personas en búsqueda de empleo o la dispersión de la población activa y de las Administraciones Públicas en cada territorio.
Para más información: Programa de Cooperación FP.
Acreditación de competencias profesionales
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que establece la apertura de un procedimiento de carácter permanente para la evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral, o de vías no formales de formación, y que afecta a todos los sectores productivos. Esta es una de las actuaciones recogidas en el Plan de Modernización de la Formación Profesional con mayor impacto en la población activa, ya que pone fin a las limitaciones del método existente.
Con un presupuesto inicial de casi 852,5 millones de euros, el ministerio de Educación y Formación Profesional acreditará las competencias de más de tres millones de personas en cuatro años.
Sistema de acreditación acumulable
Este procedimiento permanente tendrá como referencia la totalidad de las unidades de competencia profesional incluidas en la oferta de Formación Profesional vinculada al Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales.
El sistema de acreditación será acumulable para que el beneficiario pueda completar la formación que le lleve a la obtención del correspondiente título de Formación Profesional o certificado de profesionalidad.
Los centros que imparten enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo, los centros integrados de FP y los Centros de Referencia Nacional serán los autorizados para llevar a cabo estas actividades. Además, la administración competente podrá determinar otras sedes que cedan sus instalaciones y servicios para ello.
Esta transformación está en línea con las estrategias de empleo de la Unión Europea orientadas a la cualificación de la población activa con el fin de facilitar la empleabilidad, la movilidad, la cohesión social, la equidad y el aprendizaje a lo largo de la vida.
Más información: BOE.