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Estructura y organización del sistema educativo
Spain

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1.Organización y administración general del Sistema Educativo

1.3Estructura y organización del sistema educativo

Last update: 20 January 2026

Estructura del sistema educativo

El sistema educativo español comprende las enseñanzas de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria (ESO), bachillerato, formación profesional (FP), enseñanzas de idiomas, artísticas, deportivas, educación de personas adultas y enseñanzas universitarias. 

La educación básica incluye la educación primaria, la ESO y los ciclos formativos de grado básico. 

La educación secundaria abarca la ESO y la secundaria postobligatoria (bachillerato, FP de grado medio, enseñanzas artísticas profesionales y enseñanzas deportivas de grado medio). 

La educación superior está integrada por la enseñanza universitaria, las enseñanzas artísticas superiores, la FP de grado superior y las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño y deportivas de grado superior. Las enseñanzas de idiomas, artísticas y deportivas se consideran de régimen especial. La Ley Orgánica 2/2006 de Educación (LOE) modificada por la Ley Orgánica 3/2020 (LOMLOE), regula la estructura del sistema.

Enseñanzas del Sistema Educativo Español

Las enseñanzas no universitarias de régimen general

La educación infantil no es obligatoria y se organiza en dos ciclos: 0-2 años y 3-5 años (este último gratuito). La educación primaria y la ESO conforman diez años de escolaridad obligatoria y gratuita. La educación primaria comprende seis cursos entre los 6 y los 12 años e incluye en cuarto curso una evaluación de diagnóstico. La ESO se cursa entre los 12 y los 16 años y finaliza con una certificación oficial.

La FP básica se dirige a alumnado de 15 a 17 años que haya superado 3.º de ESO (o excepcionalmente 2.º) y cuente con propuesta del equipo docente; permite obtener los títulos de Técnico Básico y de Graduado en ESO.

El bachillerato dura dos cursos y suele cursarse entre los 16 y los 18 años, dando acceso a la educación superior.

La FP incluye ciclos de grado medio y superior. Para acceder al grado medio se requiere el título de ESO, un curso específico, una prueba de acceso o el título de Técnico Básico; quienes acceden por curso o prueba deben tener 17 años. El alumnado obtiene el título de Técnico, que permite asimismo acceder al bachillerato. El grado superior exige el título de Bachiller, el BUP (Bachillerato Unificado y Polivalente, derogado) , el título de Técnico, un curso específico, una prueba de acceso o un título de Técnico Superior o un grado universitario; para curso y prueba se requiere tener 19 años. El título de Técnico Superior permite acceder a estudios universitarios. El alumnado que no supere los estudios recibe un certificado académico con efectos académicos y de acreditación parcial.

La FP dual existe en FP básica, grado medio y grado superior, con formación en centros educativos y empresas. La Ley 3/2022 introdujo su extensión a todo el alumnado desde el curso 2024-2025.

Las enseñanzas universitarias

Para acceder a la universidad, el alumnado con título de Bachiller debe superar una prueba común en todo el país. Las enseñanzas universitarias se estructuran en tres ciclos: 

  • Grado: 240 créditos ECTS, con excepciones de 300 o 360. Su estructura es de 60 créditos por curso y grado.
  • Máster: 60, 90 o 120 ECTS.
  • Doctorado: máximo de 3 años a tiempo completo, con posibles prórrogas, o 5 años a tiempo parcial, prorrogables. 

Los títulos de Grado y Máster incluyen el Suplemento Europeo al Título.

Las enseñanzas de régimen especial

Incluyen enseñanzas artísticas, deportivas y de idiomas:

  • las artísticas comprenden enseñanzas elementales y profesionales de música y danza, grados medio y superior de artes plásticas y diseño y estudios superiores en diversas disciplinas artísticas;
  • las deportivas se organizan en grado medio y superior;
  • las enseñanzas de idiomas ofrecen niveles básico, intermedio y avanzado (A1-C2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER). Se accede con 16 años, o con 14 si se estudia un idioma distinto al cursado en la ESO.

Derechos y deberes en la educación obligatoria

El artículo 27 de la Constitución reconoce el derecho a la educación y el artículo 4.1  de la LOE el carácter obligatorio y gratuito de la educación básica. El alumnado tiene derechos como recibir formación integral, orientación educativa y protección frente a la violencia, así como participar en la vida del centro. Sus deberes incluyen estudiar, asistir con puntualidad, respetar normas, profesorado y compañeros, y cuidar instalaciones.

Las familias tienen derecho a una educación de calidad, a elegir centro, a recibir información sobre el progreso de sus hijos y a participar en el funcionamiento del centro. Sus deberes incluyen garantizar la asistencia a la enseñanza obligatoria, apoyar el proceso educativo, respetar normas y colaborar con el profesorado.

Los derechos y deberes se desarrollan en cada Administración educativa, en el marco de la autonomía de los centros y sus planes de convivencia.

Los centros docentes

Existen centros públicos, privados y privados concertados. Según las enseñanzas que imparten, pueden ser: escuelas infantiles (0-6 o 0-3), colegios de educación primaria, CEIP, CEIPSO (3-16 años), institutos de educación secundaria, institutos de FP, centros integrados de FP, centros de educación especial, centros y aulas de educación de personas adultas y colegios rurales agrupados. La FP también se ofrece en centros de referencia nacional. Las universidades pueden ser públicas o privadas y se organizan en escuelas, facultades, departamentos, institutos de investigación, escuelas de doctorado y otros centros. Las enseñanzas de régimen especial cuentan con centros específicos según cada tipo.

Educación domiciliaria

La educación obligatoria en el hogar no está contemplada. Solo se autoriza en casos excepcionales por motivos de salud, mediante atención en el hogar o en hospitales. Las aulas hospitalarias garantizan la continuidad educativa de alumnado hospitalizado y requieren coordinación entre profesorado del hospital, del centro de origen y el equipo sanitario. Los programas domiciliarios atienden a alumnado que debe permanecer en casa por prescripción facultativa y son organizados por cada Administración educativa, mediante profesorado funcionario o entidades sin ánimo de lucro.