Skip to main content
European Commission logo

Eurydice

EACEA National Policies Platform:Eurydice
Administración y gobierno en los niveles central y regional
Spain

Spain

1.Organización y administración general del Sistema Educativo

1.6Administración y gobierno en los niveles central y regional

Last update: 20 January 2026

La Constitución española de 1978 establece un Estado descentralizado en el que las competencias educativas se reparten entre la Administración General del Estado y las comunidades autónomas. La Ley Orgánica 2/2006 (LOE) y la 3/2020 (LOMLOE) determinan este reparto y la participación estatal y autonómica en el diseño del currículo de todas las enseñanzas (infantil, primaria, ESO, bachillerato, FP y enseñanzas de régimen especial). Las competencias educativas del Gobierno están distribuidas entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes (MEFD) para las enseñanzas no universitarias y deportivas, y el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (MCIU) para las universitarias. En Ceuta y Melilla, las enseñanzas no universitarias dependen del MEFD.

Niveles de concreción curricular
El currículo se organiza en varios niveles:

  1. Nivel central: el MEFD fija las enseñanzas mínimas, los horarios (50 % en comunidades con  lengua cooficial y 60 % en las demás) y, en FP, los resultados de aprendizaje; también puede establecer currículos mixtos en cooperación internacional.
  2. Nivel regional: las comunidades autónomas establecen el currículo oficial incorporando las  enseñanzas mínimas, regulan horarios y revisan periódicamente el currículo.
  3. Nivel de centro: los centros desarrollan y completan el currículo en su proyecto educativo.
  4. Nivel de aula: el profesorado elabora la programación de aula y la adapta a las necesidades específicas de apoyo educativo.

Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes (nivel central)

El MEFD ejerce la mayoría de las funciones educativas del nivel central: propone y ejecuta la política educativa y de FP (del sistema educativo y para el empleo, salvo la universitaria) y promueve la cooperación y relaciones internacionales en estas materias. Sus competencias garantizan la homogeneidad del sistema y la igualdad básica en el ejercicio del derecho a la educación. Posee competencias normativas para regular los elementos básicos del sistema en todo el país y competencias ejecutivas en Ceuta y Melilla.

Organización del MEFD

Según los Reales Decretos 1009/2023 y 274/2024, se estructura en:

  • Secretaría de Estado de Educación (Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial; Dirección General de Planificación y Gestión Educativa);
  • Consejo Superior de Deportes;
  • Secretaría General de Formación Profesional (Dirección General de Planificación, Innovación y Gestión de la FP);
  • Subsecretaría de Educación, Formación Profesional y Deportes.

La información detallada sobre la estructura ministerial puede consultarse en el Organigrama del MEFD.

La Secretaría de Estado de Educación tiene adscritos el Consejo Escolar del Estado, el Consejo Superior de Enseñanzas Artísticas, la Conferencia Sectorial de Educación y el Observatorio Estatal de la Convivencia Escolar. Asume funciones de:

  • ordenación, evaluación e innovación de las enseñanzas no universitarias;
  • programación y gestión de las enseñanzas de su competencia;
  • diseño y gestión de becas;
  • promoción de la igualdad y la accesibilidad;
  • relaciones con las comunidades autónomas y las entidades locales;
  • Alta Inspección de Educación; 
  • directrices sobre el ordenamiento del personal docente. 

El Consejo Superior de Deportes mantiene competencias en enseñanzas deportivas. 

La Secretaría General de Formación Profesional ejecuta funciones relativas al Sistema de FP: 

  • actualización del Catálogo Nacional de Estándares de Competencias;
  • ordenación y desarrollo de la FP del sistema educativo y para el empleo;
  • diseño curricular en su ámbito de gestión;
  • homologación y convalidación de estudios extranjeros de FP;
  • desarrollo del Marco Español de Cualificaciones (MECU);
  • ordenación de los procedimientos de evaluación y acreditación de competencias básicas y profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral y vías no formales e informales de formación;
  • relaciones de coordinación, colaboración y cooperación territorial con las comunidades autónomas y otras Administraciones públicas, en materia de formación profesional y aprendizaje a lo largo de la vida;
  • actuaciones para la promoción y desarrollo del sistema de orientación profesional.

Dependen de ella la Dirección General de Planificación, Innovación y Gestión de la FP, tres subdirecciones generales (Ordenación; Promoción Dual y Relaciones con la Empresa; Evaluación y Calidad del Sistema), el Instituto Nacional de las Cualificaciones y la Unidad de Orientación Profesional. Cuenta con un Gabinete Técnico y con la asistencia de la Conferencia Sectorial de FP y el Consejo General de FP.

Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (nivel central)

El MCIU es responsable de la política universitaria y de la representación en organismos de la UE e internacionales. Su estructura (Real Decreto 472/2024) incluye:

La información detallada sobre la estructura ministerial puede consultarse en el Organigrama del MUNI.

La Secretaría General de Universidades ejerce funciones de desarrollo de la política universitaria, coordinación y evaluación de programas, ordenación y gestión de actuaciones estatales en enseñanzas universitarias, gestión de programas de la UE, y promoción de la movilidad de estudiantes (UE y extracomunitaria) mediante el SEPIE. Tiene adscritos la UIMP, ANECA y SEPIE; la UNED se relaciona con el Ministerio a través de esta Secretaría. También dependen de ella el Colegio de España en París, un Gabinete Técnico y tres subdirecciones generales:

  • la Subdirección General de Relaciones Institucionales, Programas y Calidad en el Ámbito Universitario;
  • la Subdirección General de Formación del Profesorado Universitario y Gestión de Programas de Ayuda;
  • la Subdirección General de Títulos y Ordenación Universitaria.

Ministerio de Cultura (nivel central)

Según el Real Decreto 323/2024, el Ministerio de Cultura (MCLT) se organiza en la Secretaría de Estado de Cultura (con tres direcciones generales), y la Subsecretaría de Cultura. Ejerce funciones relacionadas con el patrimonio histórico español, museos estatales, artes, libro y lectura, cine y audiovisual, bibliotecas estatales, la promoción de la cultura en español y la cooperación cultural, incluida la internacional en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación (MAUC).

La información detallada sobre la estructura ministerial puede consultarse en el Organigrama del MCLT.

Administración educativa autonómica (nivel regional)

Las consejerías o departamentos de educación desarrollan la normativa estatal y gestionan la enseñanza no universitaria en sus territorios. Regulan aspectos no básicos del sistema y asumen competencias ejecutivas salvo las reservadas al Estado. Las consejerías o departamentos de universidades coordinan la enseñanza universitaria a nivel autonómico.

Las comunidades autónomas ejercen un amplio conjunto de competencias en el ámbito de la educación no universitaria. Entre las más relevantes se encuentran la inspección educativa, la titularidad y el control del funcionamiento de los centros públicos y privados, la planificación y ejecución de reformas, equipamientos y construcciones, así como la gestión del personal. También asumen funciones en materia de investigación e innovación pedagógica, el desarrollo de la programación básica estatal, la concesión de subvenciones a centros privados, la gestión de becas y ayudas, la concreción del currículo y la regulación de sus propios Consejos Escolares, sin que estas funciones agoten el conjunto de sus atribuciones.

En el ámbito universitario, las comunidades autónomas disponen igualmente de competencias amplias que abarcan, entre otras, la programación y coordinación del sistema universitario en su territorio, la creación y autorización de universidades, la coordinación entre instituciones universitarias y la aprobación de sus estatutos. Asimismo, intervienen en los procedimientos de acceso, la regulación de los títulos propios, la financiación del sistema, la concesión de becas propias, el régimen retributivo del personal docente e investigador contratado y los complementos del personal funcionario, así como en la evaluación de la calidad. Estas funciones representan algunas de las competencias más significativas, sin carácter exhaustivo.

Cada comunidad autónoma configura su propio modelo de administración educativa, normalmente a través de consejerías o departamentos específicos. En este marco, operan diversos órganos colegiados de carácter consultivo y de participación, entre los que destacan los Consejos Escolares Autonómicos, los Consejos Autonómicos de Formación Profesional, los Consejos o Institutos Autonómicos de Enseñanzas Artísticas Superiores y los Consejos de Universidades, reflejando la diversidad organizativa y funcional existente en los distintos territorios.

Órganos de coordinación entre nivel central y autonómico

Conferencia Sectorial de Educación

La Conferencia Sectorial de Educación es el órgano de cooperación entre el MEFD y las comunidades autónomas para asegurar coherencia e integración del sistema educativo. Tiene como funciones principales:

  • servir como cauce de información y participación en la elaboración de normas educativas;
  • informar las normas que deba adoptar el Estado en el ejercicio de sus competencias y que requieran consideración por parte de las comunidades autónomas;
  • examinar y proponer medidas para garantizar la igualdad básica en el ejercicio del derecho a la educación;
  • intercambiar información entre las Administraciones públicas sobre el sistema educativo, así como sobre proyectos y programas de estudio;
  • proponer y acordar criterios que aseguren la movilidad del alumnado en todo el territorio;
  • establecer los principios básicos de la política de personal y los criterios que garanticen la movilidad del personal docente en España;
  • canalizar la información de las comunidades autónomas sobre acuerdos internacionales en materia educativa y actuar como cauce general de información y participación en organismos internacionales especializados.

Conferencia General de Política Universitaria

En el ámbito universitario, la Conferencia General de Política Universitaria articula la coordinación, concertación y cooperación de la política universitaria entre la Administración General del Estado y las comunidades autónomas. Está presidido por la persona titular del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades y reúne a las personas responsables de la enseñanza universitaria de los gobiernos autonómicos. Tiene encomendadas las siguientes funciones:

  • establecer y evaluar las líneas generales de la política universitaria, su integración en el Espacio Europeo de Educación Superior y su relación con las políticas de investigación científica y tecnológica;
  • planificar, informar, consultar y asesorar sobre la programación general y plurianual de la enseñanza universitaria, incluyendo los recursos humanos, materiales y financieros necesarios;
  • aprobar los criterios de coordinación de las actividades nacionales de evaluación, certificación y acreditación;
  • proponer y valorar medidas para impulsar la colaboración entre universidad y empresa.