Oferta formativa de las Administraciones educativas
La oferta formativa de las Administraciones educativas está regulada por las Consejerías o Departamentos de Educación de las comunidades autónomas en sus respectivos ámbitos de gestión y el Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEFP) en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
Las comunidades autónomas regulan y gestionan las enseñanzas de Educación para Personas Adultas (EPA), con las siguientes características:
- poseen la titularidad administrativa de los centros de su territorio;
- crean y autorizan centros;
- administran el personal;
- desarrollan la programación de la enseñanza;
- gestionan la educación a distancia o semipresencial.
Oferta formativa de las Administraciones laborales
La oferta formativa de las Administraciones laborales está regulada por el Ministerio de Trabajo y Economía Social (MITES) con la colaboración del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), y por las comunidades autónomas con la colaboración de sus respectivos servicios de empleo autonómicos.
El SEPE es el órgano competente para la programación, gestión y control de la oferta de formación y capacitación laboral vinculada a las políticas activas de empleo y a la formación en el trabajo en todo el territorio nacional en las siguientes circunstancias:
- La oferta trasciende el ámbito territorial de una comunidad autónoma.
- Se requiere una acción coordinada.
- Se trata de la realización de acciones formativas relativas a las competencias exclusivas del Estado (militares de Tropa y Marinería que mantienen una relación laboral temporal con las Fuerzas Armadas; trabajadores inmigrantes en su país de origen...).
Asimismo, el SEPE también asume la programación, gestión y control de la oferta de formación en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
Las comunidades autónomas son responsables de la ejecución y control de esta oferta de formación en su ámbito territorial, en el marco fijado por la normativa estatal. Las Administraciones locales, las organizaciones empresariales y sindicales más representativas y los centros y entidades de formación debidamente acreditados pueden colaborar y participar en la ejecución de programas vinculados a la formación para el empleo. Tras la reestructuración ministerial de 2020, las competencias de la Formación Profesional para el empleo han sido asumidas por el MEFP. Hasta que se adopten las medidas oportunas para llevar a cabo los cambios necesarios para esa reestructuración, aquellos órganos o unidades del Ministerio de Trabajo y Economía Social o de sus organismos públicos, con competencias asignadas en materia de formación profesional para el empleo que se traspasan al MEFP, realizan estas funciones bajo la dependencia funcional de la Secretaría General de Formación Profesional.
Dado que las políticas activas de empleo están transferidas a las comunidades autónomas, estas cuentan con servicios públicos de empleo autonómicos propios.
Oferta formativa de las Administraciones locales
La propia naturaleza de la EPA explica que las Administraciones locales estén especialmente implicadas en la organización de la oferta formativa, sobre todo educación no formal, y educación formal en aquellos casos en los que se suscriban convenios con las Administraciones educativas.