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Eurydice España-Redie (Red española de información sobre educación)
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Principios fundamentales de financiación
La educación de personas adultas (EPA) tiene ofrece a toda persona mayor de 18 años la posibilidad de adquirir o actualizar competencias para su desarrollo personal y profesional. Excepcionalmente, pueden acceder jóvenes desde 16 años cuando su situación laboral, deportiva o personal les impida cursar enseñanzas ordinarias.
Los Presupuestos Generales del Estado de 2023, prorrogados en 2026, establecen como prioridades del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes (MEFD):
- reconocer la labor de instituciones y centros dedicados a la EPA;
- atender las necesidades de formación de colectivos con mayor riesgo de exclusión o con mayores dificultades de acceso al empleo;
- fomentar el aprendizaje permanente y la empleabilidad mediante itinerarios flexibles;
- garantizar la calidad y el seguimiento de la oferta formativa;
- responder a las necesidades de orientación y formación del personal profesional del sector;
- diseñar una oferta integrada y flexible, que reconozca competencias adquiridas por experiencia laboral;
- impulsar la acreditación de competencias profesionales entre personas sin titulación;
- ofrecer formación profesional adaptada a las necesidades de las personas adultas;
- continuar la ejecución del Plan de Formación Profesional, que incluye acciones como:
- acreditación de competencias básicas y profesionales;
- oferta modular digital en empresas;
- Aulas Mentor;
- formación del profesorado en digitalización;
- innovación y transferencia del conocimiento;
- plataforma FP Conecta;
- aulas de emprendimiento;
- actualización de títulos para sectores estratégicos;
- redimensionamiento de la formación profesional: ampliación de 200 000 plazas;
- conversión de aulas en espacios de tecnología aplicada;
- reskilling y upskilling de la población activa;
- red de 50 centros de excelencia en formación profesional.
La financiación procede de:
- los presupuestos Generales del Estado: ingresos del Estado (impuestos, tasas y precios públicos, transferencias corrientes o ingresos patrimoniales entre otros), organismos autónomos, entidades dependientes de los Ministerios y Seguridad Social (incluyendo cotizaciones de formación profesional, fondos europeos como NextGenerationEU y FSE, tasas e ingresos patrimoniales);
- los fondos propios de las comunidades autónomas.
Organismos responsables de la financiación pública
El apoyo financiero público proviene principalmente del MEFD, del Ministerio de Trabajo y Economía Social (MTES) y de las Administraciones autonómicas, tanto educativas como laborales.
Las Administraciones educativas financian:
- enseñanzas regladas dirigidas a personas adultas orientadas a la obtención de títulos oficiales;
- parte de la formación profesional ocupacional para personas desempleadas;
- formación para la obtención de certificados de profesionalidad.
En 2023 se invirtieron 456,7 millones de euros en educación de personas adultas y 1 465,6 millones de euros en formación profesional acreditable (Fuente: Estadística de gasto público en educación. 2023. Gasto público total en Educación por tipo de actividad educativa y naturaleza económica. Subdirección General de Estadística y Estudios del MEFD [consultado el 27/02/2026]).
Las Administraciones educativas cuentan con mecanismos de gestión y control similares a los de los centros públicos. Desde 2020 también son responsables de la formación profesional para el empleo, con la financiación de 1 178,4 millones de euros en los Prepuestos Generales del Estado de 2023.
Las Administraciones laborales financian formación profesional para personas ocupadas y desempleadas. En 2023, se destinaron para su formación 2 447,0 millones de euros a esta formación (ámbitos estatal y autonómico), distribuidos en:
- 1 285,6 millones para trabajadores ocupados;
- 1 134,1 millones para trabajadores desempleados;
- 27,3 millones transferidos a comunidades autónomas con competencias asumidas;
- 14 500 euros en cuotas a organismos internacionales.
La formación para personas ocupadas está gestionada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), las comunidades autónomas, el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) y por la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE). La formación para las personas desempleadas principalmente por el SEPE y las Administraciones autonómicas. Además, las comunidades autónomas y las corporaciones locales complementan la financiación con fondos propios.
Tasas asumidas por el alumnado
Las enseñanzas básicas dirigidas a personas adultas son gratuitas, igual que en los niveles obligatorios.
Cada comunidad autónoma fija los precios públicos para servicios postobligatorios como:
- pruebas de acceso a ciclos formativos;
- pruebas libres para obtener los títulos de Técnico y Técnico Superior;
- matrícula de cursos de idioma en las Escuelas Oficiales de Idiomas;
- bonificaciones y exenciones aplicables a estas enseñanzas.
Están exentos del pago de tasas, entre otros colectivos:
- familias numerosas de categoría especial;
- beneficiarios de becas y ayudas al estudio;
- víctimas del terrorismo;
- otros colectivos según normativa autonómica (víctimas de violencia de género, personas desempleadas, personas con discapacidad igual o superior al 33 %, etc.).
Los estudiantes menores de 28 años abonan el seguro escolar obligatorio, que cubre asistencia sanitaria y determinadas prestaciones.
El proyecto Aula Mentor (formación no reglada del MEFD) tiene un coste mensual de 24 euros, con matrícula inicial de dos meses (uno en cursos de 30 horas).
La formación profesional para el empleo es totalmente gratuita.
Apoyo financiero al alumnado adulto
Becas y ayudas para enseñanzas postobligatorias y superiores no universitarias
Las personas adultas pueden solicitar becas y ayudas generales cuando estudian bachillerato, formación profesional (FP) de grado medio y superior, enseñanzas artísticas profesionales o deportivas, o cursos de acceso y preparación para pruebas de FP. Este procedimiento es el mismo que el indicado para el resto de alumnado en la financiación en educación secundaria.
Las becas pueden incluir:
- cuantías fijas:
- beca básica: 300 euros;
- cuantía ligada a la renta del solicitante: 1 700 euros;
- cuantía ligada a la residencia: 2 700 euros (sin superar el coste real);
- cuantía por excelencia académica: entre 50 y 125 euros;
- cantidad variable: mínima de 60 euros, calculada mediante fórmula que pondera renta familiar y nota media.
Las personas de territorios insulares, Ceuta o Melilla pueden recibir una cantidad adicional por transporte marítimo o aéreo.
Los requisitos académicos y económicos se fijan anualmente (para 2025-2026 en el Real Decreto 163/2025).
Se puede recibir beca durante los años previstos en el plan de estudios, ampliables en un año para matrícula parcial o enseñanzas no presenciales.
Becas para el alumnado que cursa enseñanzas de idiomas en escuelas oficiales
El alumnado de Escuelas Oficiales de Idiomas puede obtener beca siempre si se matricula de un curso completo. Incluye la beca básica y la cuantía variable mínima, y se puede disfrutar durante los años necesarios para completar el plan de estudios y hasta en dos idiomas.
Becas para enseñanzas universitarias
La asignación de las becas del MEFD para estudiantes de enseñanzas universitarias varía según la situación de cada estudiante, sin existir una cantidad estándar. Estas becas constan de las mismas cuantías fijas y variables de las enseñanzas postobligatorias y superiores no universitarias.
Este procedimiento es el mismo indicado para el resto de alumnado en la financiación de la educación superior.
Las personas adultas pueden solicitar las becas y ayudas generales del MEFD para:
- grados y másteres oficiales (incluidos centros universitarios de la Defensa y de la Guardia Civil);
- curso de acceso para mayores de 25 años en universidades públicas;
- complementos de formación para acceder a máster o finalizar grado (no incluye becas para doctorado, especialización ni títulos propios).
Ayudas para la formación profesional para el empleo
Las Administraciones educativas y laborales ofrecen ayudas a las personas que participen en formación profesional para el empleo.
Cubren gastos de:
- transporte;
- manutención;
- alojamiento;
- conciliación familiar (descendientes menores de 6 años o familiares dependientes).
El Ministerio de Trabajo y Economía Social (MTES) también concede becas a personas:
- con discapacidad;
- con necesidades especiales;
- con dificultades de inserción o recualificación profesional;
- participantes en programas específicos del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) o de servicios autonómicos de empleo.
Ayudas en la educación privada
La oferta formativa privada para personas adultas, presencial o a distancia, se imparte en distintos tipos de centros, según se trate de enseñanzas del ámbito educativo, laboral, oficiales o no oficiales. Entre ellos se encuentran:
- centros docentes ordinarios;
- centros específicos de educación de adultos;
- asociaciones y fundaciones;
- empresas;
- organizaciones empresariales y sindicales, etc.
Las enseñanzas que conducen a títulos oficiales del sistema educativo deben impartirse exclusivamente en centros ordinarios o en centros específicos de educación para personas adultas.
En el curso 2023-2024 existían 27 centros privados de personas adultas frente a los 1 409 centros públicos (Fuente: Enseñanzas no universitarias. Centros y servicios educativos. Curso 2023-2024. Enseñanzas de personas adultas. Número de centros y actuaciones por titularidad del centro, comunidad autónoma/provincia y tipo de centro. Subdirección General de Estadística y Estudios del MEFD [consultado el 27/02/2026]). A su vez, los centros privados pueden ser concertados o no concertados.
Centros privados concertados:
Las Administraciones educativas pueden establecer conciertos educativos para financiar con fondos públicos unidades escolares de titularidad privada en enseñanzas obligatorias y postobligatorias no universitarias. El concierto se concede a la unidad escolar, es decir, al grupo de alumnado atendido simultáneamente por un o una docente. Un mismo centro puede tener unidades concertadas y no concertadas.
Centros privados no concertados:
Estos centros, como el resto de centros privados que imparten otras enseñanzas, tienen autonomía plena para organizar su funcionamiento y gestionar sus recursos.
El MEFD convoca subvenciones dirigidas a entidades privadas sin ánimo de lucro que trabajan con personas adultas con necesidades educativas especiales, según el artículo 73 de la Ley Orgánica 2/2006 de Educación (LOE), modificada por la Ley Orgánica 3/2020 (LOMLOE).
Las subvenciones se dirigen a personas adultas que requieren apoyos específicos derivados de la discapacidad o trastornos graves de conducta. Las ayudas financian actuaciones que favorezcan:
- el desarrollo de capacidades y competencias básicas;
- la promoción del desarrollo integral (calidad de vida, autodeterminación, estimulación cognitiva, comunicación, habilidades personales y sociales, conocimiento y ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad, interdependencia, vida autónoma e independiente, etc.;
- la participación e inclusión social;
- el mantenimiento de su actualización formativa según expectativas e intereses;
- la orientación y preparación para la inserción laboral;
- el refuerzo en el uso de las tecnologías de la información y la comunicación.
Estas subvenciones pueden aplicarse en programas de ámbito estatal o supraautonómico.
A su vez, algunas comunidades autónomas también convocan subvenciones dirigidas a entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollan la formación de personas adultas, como es el caso de la Comunitat Valenciana o de Extremadura.