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EACEA National Policies Platform:Eurydice
Financiación de la educación superior

Spain

3.Financiación de la educación

3.2Financiación de la educación superior

Last update: 29 March 2023

Financiación

Educación superior no universitaria

En las instituciones de educación superior se imparten las siguientes enseñanzas: 

  • ciclos formativos de formación profesional (FP) de grado superior;
  • enseñanzas artísticas superiores (música, danza, arte dramático, conservación de bienes culturales, diseño y artes plásticas);
  • enseñanzas deportivas de grado superior.

La financiación de estas enseñanzas tiene las mismas características que la financiación de la educación infantil, primaria y secundaria con respecto a los siguientes aspectos:

  • sistema de financiación;
  • grado de autonomía financiera y mecanismos de control;
  • tasas en los centros docentes públicos y privados;
  • apoyo económico a las familias y al alumnado.

La financiación de ciclos formativos de FP de grado superior en centros concertados tiene algunas particularidades:

  • El Estado fija anualmente el importe mínimo de financiación pública por unidad escolar (agrupación de alumnado atendido conjunta y simultáneamente por un o una docente de manera ordinaria) en sus presupuestos generales. Las cantidades varían dependiendo del grupo al que pertenezca el ciclo formativo en cuestión, atendiendo a su número de horas y al nivel de gasto que supone. Para el año 2023, las cantidades para el primer curso de ciclos superiores oscila entre 71 002,12 y 77 462,91 euros (Anexo IV de la Ley 31/2022 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023).
  • La cuantía total de los fondos públicos destinada a los centros privados concertados se establece en los presupuestos de las Administraciones educativas correspondientes.
  • Las tasas que debe abonar el alumnado en los centros privados concertados en concepto de financiación complementaria o la proveniente de los fondos públicos que se asignen al régimen de conciertos singulares dependen de cada comunidad autónoma. Como regla general, no pueden superar las cuantías máximas establecidas anualmente en los presupuestos generales del Estado, salvo en determinados casos reconocidos por la normativa. En 2023 (artículo 13.6), esta cuantía oscila entre 18 y 36 euros alumno/mes durante diez meses al año.

    Educación superior universitaria

    Su financiación se establece en los presupuestos generales del Estado, en el programa dedicado a enseñanzas universitarias (programa 322C, Anexo I). Este programa persigue la promoción y fomento de la realización, por las universidades españolas, del servicio público de la educación superior mediante la investigación, la docencia y el estudio, en el ámbito estatal, y en cooperación con las comunidades autónomas en el ámbito autonómico. Mediante este programa se facilita la realización de las funciones de la universidad al servicio de la sociedad. Son las siguientes:

    • la creación, desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia, de la técnica y de la cultura;
    • la preparación para el ejercicio de actividades profesionales que exijan la aplicación de conocimientos y métodos científicos y para la creación artística;
    • la difusión, la valorización y la transferencia del conocimiento al servicio de la cultura, de la calidad de la vida, y del desarrollo económico;
    • la difusión del conocimiento y la cultura a través de la extensión universitaria y la formación a lo largo de toda la vida.

    El Plan Estratégico de Subvenciones 2021-2023 del Ministerio de Universidades (MUNI) contempla 5 objetivos estratégicos que reflejan los aspectos más relevantes de la actividad subvencionadora y se orientan a resolver los problemas principales. A su vez, estos objetivos estratégicos se desglosan en una serie de objetivos específicos que se espera lograr mediante la actividad subvencional del Ministerio durante el periodo de vigencia del Plan.

     

    OBJETIVOS ESTRATÉGICOS

    OBJETIVOS ESPECÍFICOS

    1

    Garantizar el derecho fundamental a la educación, así como la equidad e igualdad de oportunidades en el acceso y la permanencia en el sistema educativo español.

    1.1

    Facilitar el acceso y la permanencia en la universidad

    1.2

    Mejora de las competencias de los ciudadanos para su vida personal y profesional.

     

    1.3

    Fomento de la participación de los agentes sociales y asociaciones de estudiantes más representativas para garantizar la efectividad del derecho a la educación

    2

    Recualificación del personal docente e investigador

    2.1

    Estancias y movilidad

     

    2.2

    Mejora de las capacidades para el acceso y ejercicio de las funciones docente e investigadora en la universidad

     

    3

    Fomentar la investigación científica y técnica y la innovación en todos los sectores.

    3.1

    Promoción de las vocaciones científicas y universitarias, impulsando el espíritu investigador en los jóvenes.

     

    3.2

    Atracción del talento investigador desde el extranjero

     

    4

    Promover la internacionalización del sistema universitario español

    4.1

    Promoción de la internacionalización de instituciones y centros docentes

    4.2

    Fomento de la movilidad internacional de los estudiantes

    4.3

    Promoción de la cooperación internacional

    5

    Digitalizar el sistema universitario español

    5.1

    Mejora de las infraestructuras, el equipamiento, las tecnologías, la docencia y la evaluación digitales

    Organismos responsables de la financiación pública

    Fuentes de ingresos de las universidades públicas
    • tasas académicas abonadas por el alumnado;
    • fondos públicos aportados por el Estado y las comunidades autónomas:
      1. El Estado establece los fondos de las universidades que dependen directamente de él, la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP). Las cantidades destinadas a cada institución se establecen anualmente en sus presupuestos generales.
      2. Las comunidades autónomas establecen en sus presupuestos anuales los fondos destinados a las universidades ubicadas en sus ámbitos de gestión. Dichos fondos provienen de las siguientes fuentes:
        • recaudación de impuestos y de otros ingresos de las autonomías;
        • transferencias del Estado: las cantidades asignadas a cada comunidad autónoma vienen determinadas por distintos parámetros, sobre todo poblacionales.
    Modelo de financiación de las universidades públicas

    El modelo de financiación de las universidades públicas es establecido por cada comunidad autónoma en su ámbito de gestión.

    Tiene un carácter plurianual y en él se fijan los criterios en los que se basa la asignación de recursos a las distintas universidades en función de:

    • actividad docente;
    • actividad de investigación;
    • actividad de transferencia tecnológica e innovación.

    Existen diferentes modelos de financiación pública para asegurar la financiación básica de las universidades, de manera que sea suficiente para garantizar que se atienda el gasto corriente de funcionamiento, equipamiento e infraestructuras, así como la actividad investigadora y docente, teniendo en cuenta, entre otros aspectos, la demanda de estudios a través del número de estudiantes. La financiación básica está destinada a garantizar la prestación del servicio público universitario con un nivel suficiente y homogéneo de calidad. Esta financiación se calcula mediante fórmulas, teniendo en cuenta el coste por estudiante a tiempo completo, en la mayoría de los casos matriculado en 60 créditos ECTS al año.

    Otras fuentes de ingresos de las universidades públicas

    Las universidades públicas presentan otras fuentes de ingresos. Son las siguientes:

    • tasas de las enseñanzas conducentes a la obtención de diplomas y títulos propios, sobre todo programas de postgrado de máster, experto y especialista que no tienen carácter oficial;
    • tasas de las enseñanzas de formación a lo largo de la vida, como son los cursos de idiomas;
    • transferencias de entidades públicas y privadas, así como de herencias, legados o donaciones;
    • patrimonio y otras actividades económicas;
    • operaciones de crédito;
    • rendimientos procedentes de iniciativas investigadoras derivadas de contratos con personas, universidades o entidades públicas y privadas para la realización de trabajos de carácter científico, técnico o artístico, así como para el desarrollo de enseñanzas de especialización o actividades específicas de formación.

    Autonomía financiera y control

    La normativa estatal confiere autonomía económica y financiera a las universidades públicas, a la vez que establece la obligatoriedad de rendir cuentas sobre el cumplimiento de sus funciones.

    Autonomía de las universidades públicas

    Cada universidad pública tiene potestad para ejercer las siguientes:

    • elaborar sus respectivos estatutos;
    • elaborar, aprobar y gestionar sus presupuestos;
    • administrar sus bienes.

    Respeto a los presupuestos, con independencia de lo anterior, las comunidades autónomas establecen las normas y procedimientos para su desarrollo y ejecución; y comprenden la totalidad de los ingresos y gastos y son aprobados anualmente por el Consejo Social de la universidad, que es el órgano encargado de supervisar todas las actividades económicas y de promover la colaboración de la sociedad en la financiación universitaria.

    En cuanto a los gastos, además de los gastos corrientes, en el presupuesto se incluye la relación de puestos de trabajo en todas las categorías de la universidad, especificando la totalidad de los costes. Los costes del personal docente e investigador, y de administración y servicios, han de ser autorizados por la comunidad autónoma correspondiente, o por el Estado en los casos de la UNED y la UIMP.

    Por su parte, las retribuciones del personal presentan diversas características en función del tipo de puesto que se ocupe. Las retribuciones del personal docente e investigador (PDI) se ajustan a lo que dictan las administraciones educativas. Para el PDI funcionario, el Estado determina su régimen retributivo, que ha de respetar los límites máximos que determina la comunidad autónoma en el marco de las bases que dicta el Estado. Por su parte, las comunidades autónomas regulan el régimen retributivo del PDI contratado. A su vez, el personal de administración y servicios es retribuido con cargo a los presupuestos de las comunidades autónomas.


    Control en las universidades públicas

    Las comunidades autónomas establecen las normas y procedimientos para el control de sus inversiones, gastos e ingresos mediante las correspondientes técnicas de auditoría y bajo la supervisión de los consejos sociales.

    Las universidades envían al consejo de gobierno de la comunidad autónoma la liquidación del presupuesto y el resto de documentos que constituyen sus cuentas anuales.

    Recibidas las cuentas, la comunidad autónoma las remite a su órgano de fiscalización de cuentas o, en su defecto, al Tribunal de Cuentas.

    Modelo de Contabilidad Analítica para las universidades públicas

    El Modelo de Contabilidad Analítica para las universidades públicas (MCAU) aprobado por el Consejo de Universidades y la Conferencia General de Política Universitaria tiene como objetivo permitir un mejor conocimiento de los costes reales de las diferentes actividades de las universidades y su relación con la financiación pública y privada de las mismas, mejorando así la rendición de cuentas y la eficiencia de la gestión. El MCAU pretende servir de marco a todas las universidades públicas españolas. Este modelo se actualizó en 2019 (MCAU19) para introducir mejoras una vez analizados los resultados desde su implantación. 

    Tasas en las universidades públicas

    Enseñanzas de grado y máster

    Estudios universitarios oficiales

    La cuantía que abona el alumnado depende de los siguientes:

    • los precios públicos que fija su comunidad autónoma, ajustándose a los límites señalados por la Conferencia General de Política Universitaria;
    • el número de créditos en que se matricula;
    • el grado de experimentalidad de la titulación cursada;
    • los recargos que se producen al matricularse por segunda o posteriores veces de una o más asignaturas:
    Precios públicos mínimo, máximo y medio del crédito matriculado por primera vez en las enseñanzas de grado y máster oficial en España. Curso 2022/23Precio por crédito más bajoPrecio por crédito más altoPrecio Medio
    Grado12,019,115,6
    Máster oficial que habilita para el ejercicio de una actividad profesional regulada12,621,415,0
    Máster oficial que no habilita para el ejercicio de una actividad profesional regulada11,552,530,8

    Fuente: Elaboración Eurydice España-rediE (INEE, MEFP) a partir de las Estadísticas de precios públicos universitarios (Curso 2022-2023) publicadas por el Ministerio de Universidades (MUNI).  Precios públicos medios del crédito matriculado por primera vez en titulaciones universitarias. 

    Estudios universitarios no oficiales

    Las tasas de matrícula las determina el Consejo Social de cada universidad.

    Enseñanzas de doctorado

    Los precios públicos para la elaboración de la tesis doctoral oscila entre 60,3 euros anuales en Andalucía y 401,1 euros anuales en Cataluña, en función de los servicios ofrecidos a sus estudiantes de doctorado.

    Conceptos que se abonan únicamente la primera vez

    En el importe de la matrícula, a las tasas por crédito matriculado se le suman los siguientes:

    • seguro escolar (hasta cumplir 28 años);
    • apertura de expediente;
    • carné universitario.

    Otros servicios que exigen el pago de tasas

    También exigen el pago de tasas varios aspectos:

    • la expedición de títulos académicos y del Suplemento Europeo al Título;
    • el examen de tesis doctoral, con oscilaciones entre los 117,1 y los 260,0 euros.

    Apoyo financiero a las familias de los estudiantes

    Las familias de los estudiantes universitarios no reciben ayudas directas para los estudios, sino que el apoyo financiero se otorga directamente al alumnado aunque se tienen en cuenta sus circunstancias familiares, como renta, número de miembros, inmuebles, etc.

    Exención parcial o total de pago de la matrícula

    La exención parcial o total de pago de la matrícula es establecida de acuerdo con la normativa estatal y de las comunidades autónomas.

    Ambas modalidades están dirigidas a estudiantes con determinadas circunstancias familiares, entre las que se incluyen las siguientes:

    • ser miembro de familias numerosas;
    • ser persona con dependencia y discapacidad;
    • ser víctimas o familiares de víctimas de actos terroristas;
    • ser víctimas de la violencia de género;
    • ser huérfanos de funcionarios, civiles o militares, fallecidos en acto de servicio;
    • obtener matrícula de honor.

    Deducciones fiscales de las comunidades autónomas

    Las comunidades autónomas aplican diferentes deducciones fiscales del IRPF referidas a gastos educativos: Apoyo financiero a las familias mediante deducciones fiscales por administración educativa.

    Apoyo financiero al alumnado

    Existen mecanismos de coordinación entre el MEFP y las comunidades autónomas para asegurar que el sistema general de becas y ayudas al estudio propicie el derecho a acceder a niveles superiores de educación en función de las aptitudes y vocación, sin discriminaciones debidas a la capacidad económica, nivel social o lugar de residencia del alumnado.

    Régimen de becas y ayudas al estudio 

    Los requisitos académicos a cumplir por los solicitantes son:

    Ciclo formativo de grado superior

    • primer curso: haber obtenido al menos 5 puntos en 2º de Bachillerato, prueba o curso de acceso;
    • segundo curso y posteriores:
      • cursos organizados por asignaturas: haber superado todas las asignaturas del curso anterior, con excepción de una;
      • cursos organizados por módulos: haber superado en el curso anterior al menos un número de módulos que supongan el 85 por ciento de las horas totales del curso.

    Grado

    • acceso a beca en el primer curso: haber obtenido al menos 5 puntos en la prueba de acceso a la universidad, excluyendo la parte específica, o en otra prueba o enseñanza que les permita el acceso a la universidad;
    • renovación en 2º y cursos sucesivos: 100 % de los créditos matriculados si se trata de estudios de las Áreas de Artes y Humanidades, de Ciencias Sociales y Jurídicas, Ciencias y Ciencias de la Salud, y el 85 % en el caso de enseñanzas de Ingeniería y Arquitectura (ver Disposición transitoria primera. Enseñanzas universitarias del Real Decreto 1721/2007 que establece el régimen de las becas y ayudas). 

    Para obtener la beca de matrícula como único componente, se deberá acreditar haber superado en los últimos estudios cursados los siguientes porcentajes de los créditos matriculados:

    Rama de conocimientoPorcentaje de créditos a superar
    Artes y humanidades90%
    Ciencias Sociales y Jurídicas90%
    Ciencias de la Salud 80%
    Ciencias65%
    Enseñanzas técnicas65%

     

    Máster

    • acceso a beca en 1º curso: haber obtenido una nota media de 5,00 puntos en los estudios previos que dan acceso al máster;
    • la renovación de la beca depende de obtener estas mismas notas como media en el curso previo;
    • no forman parte de la beca los créditos que se matriculan por segunda o sucesivas veces.

    Cuantías y tipos de ayudas

    El MEFP establece unos umbrales de renta y patrimonio familiar por encima de los cuales desaparece el derecho a la percepción de becas y ayudas, agrupándose en tres los umbrales vigentes:

     

    UMBRAL 1  

    UMBRAL 2 

    UMBRAL 3

    Familias de 1 miembro

    Entre 8 422 € y 8 871 €

    13 236 € 

    14 112 €

    Familias de 2 miembros

    Entre 12 632 € y 13 306 €

    22 594 €    

    24 089 €

    Familias de 3 miembros 

    Entre 16 843 € y 17 742 €

    30 668 €

    32 697 €

    Familias de 4 miembros

    Entre 21 054 € y 22 177 €

    36 421 € 

    38 831 €

    Familias de 5 miembros

    Entre 24 423 € y 25 726 €

    40 708 €

    43 402 €

    Familias de 6 miembros 

    Entre 27 791 € y 29 274 €

    43 945 €

    46 853 €

    Familias de 7 miembros

    Entre 31 160 € y 32 822 €

    47 146 €

    50 267 €

    Familias de 8 miembros 

    Entre 34 529 € y 36 371 €

    50 333 €

    53 665 €

     

    Todo el alumnado con una renta familiar dentro del umbral 3 tiene derecho a beca, como mínimo a la exención de tasas de matrícula o a la beca básica.

    Existen una serie de deducciones para el cálculo de la renta familiar son las siguientes:

    • ingresos de otros miembros de la familia;
    • condición de familia numerosa;
    • discapacidad que afecte al solicitante o alguno de sus familiares (hermano o hijo);
    • residencia fuera del domicilio familiar por razón de estudios universitarios: el solicitante o alguno de sus hermanos;
    • condición de huérfano y menor de 25 años;
    • familias monoparentales.

    Las cuantías que se pueden percibir son estas:

    • cuantías fijas: 
      • beca de matrícula;
      • cuantía fija ligada a la renta del estudiante;
      • cuantía fija ligada a la residencia del estudiante durante el curso escolar;
      • cuantía fija ligada a la excelencia en el rendimiento académico;
      • beca básica.
    • cuantía variable: se establece por convocatoria y beneficiario a través de una fórmula que tiene en cuenta la renta familiar y el rendimiento académico.
    • otras ayudas: 
      • por residencia en las Islas Canarias, Illes Balears, Ceuta y Melilla;
      • subsidios y ayudas para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad, trastorno grave de conducta o trastorno del espectro autista o asociada a alta capacidad intelectual;
      • las ayudas al alumnado con altas capacidades: una única ayuda solamente para niveles no universitarios;
      • víctimas de violencia de género y/o sus hijos e hijas menores de veintitrés años: mismas ayudas pero se eliminan algunos de los requisitos.

    En el curso 2020-2021, un total de 612 406 estudiantes de grado y máster en universidades públicas recibieron algún tipo de beca o ayuda (Número de becarios por nivel de Administración educativa financiadora, comunidad autónoma de destino, tipo de enseñanzas y titularidad del centro. Subdirección General de Estadística y Estudios del Ministerio de Educación y Formación Profesional).

    Porcentaje de estudiantes con beca en las enseñanzas de grado y máster. Universidades públicas presenciales. Curso 2020-2021

     Porcentaje de becarios
    Grado32,6 %
    Máster18,6 %

    Fuente: Elaboración Eurydice España-rediE (INEE, MEFP) a partir de las Estadísticas de Becas y Ayudas al estudio, curso 2020-21. Subdirección General de Estadística y Estudios del MEFP.

    Becas salario

    Algunas comunidades autónomas como, por ejemplo, la Comunitat Valenciana, ofrecen una beca salario para estudios universitarios y ligadas a la renta de los y las solicitantes al alumnado que cumpla unos requisitos económicos y académicos que se indican en cada convocatoria. Los beneficiarios de estas becas reciben una ayuda mensual durante la duración de sus estudios siempre y cuando sigan cumpliendo los requisitos de cada curso. 

    Becas y ayudas dirigidas a estudiantes de doctorado enmarcadas en el Programa Estatal para Desarrollar, Atraer y Retener Talento

    El Programa Estatal para Desarrollar, Atraer y Retener Talento está integrado dentro del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación (PEICTI) 2021-2023, un instrumento de la Administración General de Estado para el desarrollo y consecución de los objetivos de la Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y de Innovación (EECTI). El objetivo de este programa es fomentar y poner en valor el talento del personal investigador, tecnólogo e innovador mediante ayudas destinadas a la formación de nuevas generaciones de profesionales que les permita adquirir las competencias necesarias para la investigación y la innovación en entornos académicos y empresariales.

    Se establecen tres ejes de actuación:

    • la formación predoctoral y postdoctoral en equipos de investigación, departamentos universitarios, empresas y otros organismos de I+D+I de primer nivel;
    • la incorporación de personal investigador, tecnólogo y técnico a los centros de I+D+I y a las empresas;
    • la movilidad del personal investigador.

    Para cada uno de estos ejes se establece un Subprograma con las actuaciones correspondientes:

    1. subprograma estatal de formación;
    2. subprograma estatal de incorporación;
    3. subprograma estatal de movilidad.

     

    1. Subprograma estatal de formación:

    Entre las actuaciones de este Subprograma se incluyen las ayudas para contratos predoctorales para la formación de doctores:

    • Objetivo: la formación de doctores mediante la financiación de contratos laborales.
    • Los contratos se hacen bajo la modalidad contractual de contrato predoctoral. Tienen una duración, con carácter general, de cuatro años.
    • Las ayudas también tienen por objeto financiar la contratación laboral, durante un periodo de orientación postdoctoral de una duración mínima de 6 meses y máxima de 12 meses.

    Estas ayudas están dirigidas a promover diferentes tipos de formación:

    • contratación predoctoral para la formación de personal investigador - doctorados industriales;
    • contratación predoctoral para la formación de profesorado universitario;
    • contratación para la formación predoctoral en el instituto universitario europeo;
    • contratación predoctoral en centros del sistema nacional de salud y en colaboración con empresas del sector sanitario.
    1. Subprograma estatal de incorporación:

    Las ayudas dentro de este subprograma se crean con el fin de favorecer la incorporación de jóvenes investigadores y de personal de I+D+i en organismos de investigación, incluidas las universidades, infraestructuras de investigación, empresas, y otros centros de investigación y experimentación de ámbito estatal.  Con este objetivo, se crean varios tipos de ayudas que van dirigidas a empresas, universidades y otras entidades con el fin de subvencionar la contratación de recién doctorados:

    • contratos “Ramón y Cajal”;
    • contratos “Torres Quevedo”;
    • contratos “Beatriz Galindo”;
    • contratos “Miguel Servet”;
    • contratos “Juan Rodés”;
    • contratos para la intensificación de la actividad investigadora del sistema nacional de salud;
    • incorporación de nuevos talentos para empresas de base tecnológica y pymes.  
    1. Subprograma estatal de movilidad:

    Este subprograma tiene como objetivo promover la movilidad geográfica e interinstitucional de investigadores; contempla igualmente la movilidad internacional y la atracción de talento como un aspecto esencial de la propia carrera investigadora. Se convocan varios tipos de ayudas, entre las que están las subvenciones para la realización de estancias en centros extranjeros.

    Enseñanza privada

    Las universidades privadas elaboran y aprueban sus propias normas de organización y funcionamiento:

    • las regulaciones internas relativas a su funcionamiento administrativo y económico;
    • la elaboración, aprobación y gestión de sus presupuestos;
    • la administración de sus bienes.

    La financiación de las universidades privadas procede fundamentalmente del pago por prestación de servicios.

    Las cuantías de las tasas por la prestación de servicios formativos las fija libremente cada centro y representan en torno al 80 % del total de la financiación. En algunas universidades privadas la participación directa de los estudiantes resulta apreciablemente menor al disponer de considerables subvenciones de instituciones públicas de carácter regional y local que completan el pago directo de los usuarios.

    Las becas y ayudas oficiales para el alumnado de las universidades privadas presentan las mismas características que las destinadas al alumnado de las universidades públicas.

    En el caso de las becas de matrícula, el importe no debe exceder los precios públicos oficiales establecidos para la misma titulación y plan de estudios en los centros de titularidad pública de su misma comunidad autónoma.

    En el curso 2020-2021, un total de 35 956 alumnos de grado y máster en universidades privadas recibieron algún tipo de beca o ayuda financiada por las administraciones educativas. 

    Porcentaje de estudiantes con beca en las enseñanzas de Grado y Máster. Universidades privadas presenciales. Curso 2020-2021

     Porcentaje
    Grado9,1 %
    Máster8,3 %

    Fuente: Elaboración Eurydice España-rediE (INEE, MEFP) a partir de lasa Estadísticas de Becas y Ayudas al estudio, curso 2020-2021. Subdirección General de Estadística y Estudios del MEFP.

    Por decisión propia, las universidades privadas optan por las siguientes medidas:

    • ofrecen becas y ayudas al estudio financiadas con fondos propios;
    • aplican determinadas reducciones a su alumnado si cumple con una serie de requisitos académicos;
    • aplican descuentos en las tasas académicas a estudiantes víctimas del terrorismo o miembros de familias numerosas.