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Enseñanza y aprendizaje en la educación secundaria obligatoria (ESO)

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6.Educación secundaria y educación postsecundaria no superior

6.2Enseñanza y aprendizaje en la educación secundaria obligatoria (ESO)

Last update: 20 February 2024

Currículo de la educación secundaria obligatoria (ESO)

Por currículo se entiende el conjunto de objetivos, competencias (clave y específicas), contenidos (enunciados en forma de saberes básicos), métodos pedagógicos (a través de situaciones de aprendizaje) y criterios de evaluación. El Real Decreto 217/2022 por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas para la educación secundaria obligatoria define cada elemento curricular de la siguiente manera:

  • Objetivos: logros que se espera que el alumnado haya alcanzado al finalizar la etapa y cuya consecución está vinculada a la adquisición de las competencias clave.
  • Competencias clave: desempeños que se consideran imprescindibles para que el alumnado pueda progresar con garantías de éxito en su itinerario formativo, y afrontar los principales retos y desafíos globales y locales. Las competencias clave aparecen recogidas en el Perfil de salida del alumnado al término de la enseñanza básica y son la adaptación al sistema educativo español de las competencias clave establecidas en la Recomendación del Consejo de la Unión Europea de 22 de mayo de 2018 relativa a las competencias clave para el aprendizaje permanente.
  • Competencias específicas: desempeños que el alumnado debe poder desplegar en actividades o en situaciones cuyo abordaje requiere de los saberes básicos de cada materia o ámbito. Las competencias específicas constituyen un elemento de conexión entre, por una parte, el Perfil de salida del alumnado, y por otra, los saberes básicos de las materias o ámbitos y los criterios de evaluación.
  • Criterios de evaluación: referentes que indican los niveles de desempeño esperados en el alumnado en las situaciones o actividades a las que se refieren las competencias específicas de cada materia o ámbito en un momento determinado de su proceso de aprendizaje.
  • Saberes básicos: conocimientos, destrezas y actitudes que constituyen los contenidos propios de una materia o ámbito cuyo aprendizaje es necesario para la adquisición de las competencias específicas.
  • Situaciones de aprendizaje: situaciones y actividades que implican el despliegue por parte del alumnado de actuaciones asociadas a competencias clave y competencias específicas y que contribuyen a la adquisición y desarrollo de las mismas.

De igual manera el Real Decreto 217/2022 determina el Perfil de Salida del alumnado al término de la enseñanza básica fijando las competencias clave que el alumnado debe haber adquirido y desarrollado al finalizar la enseñanza básica. Constituye el referente último del desempeño competencial, tanto en la evaluación de las distintas etapas y modalidades de la formación básica, como para la titulación de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Fundamenta el resto de decisiones curriculares, así como las estrategias y orientaciones metodológicas en la práctica lectiva

Asimismo, el Real Decreto 217/2022 establece que las ocho competencias clave son:

  • competencia en comunicación lingüística;
  • competencia plurilingüe;
  • competencia matemática y competencia en ciencia, tecnología e ingeniería;
  • competencia digital;
  • competencia personal, social y de aprender a aprender;
  • competencia ciudadana;
  • competencia emprendedora;
  • competencia en conciencia y expresión cultural.

Su incorporación al currículo conlleva una serie de implicaciones:

  • Su adquisición eficaz y su integración efectiva en el currículo se logra mediante el diseño de situaciones de aprendizaje integradas que permiten al alumnado avanzar hacia los resultados de aprendizaje de más de una competencia al mismo tiempo, ya que muchas de estas competencias se solapan y entrelazan.
  • No existe una relación unívoca entre la enseñanza de determinadas áreas o materias y el desarrollo de ciertas competencias; cada una de ellas contribuye al desarrollo de las diferentes competencias y, a su vez, cada una de las competencias se alcanza como consecuencia del trabajo en varias áreas o materias.

El Gobierno, a través del Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEFD), previa consulta a las comunidades autónomas, fija el currículo básico (enseñanzas mínimas obligatorias en el conjunto del estado respecto a los objetivos, competencias, contenidos y criterios de evaluación) con el fin de asegurar una formación común a todo el alumnado. Esas enseñanzas mínimas constituyen el 50 por ciento de los horarios escolares en las comunidades autónomas con lengua cooficial y el 60 por ciento en aquellas que no la tienen.

Las Administraciones educativas de las comunidades autónomas establecen el currículo en sus respectivos ámbitos de gestión, del cual tienen que formar parte las enseñanzas mínimas establecidas por el MEFD. Además, han de revisar periódicamente dichos currículos para adecuarlos a los avances del conocimiento, así como a los cambios y nuevas exigencias de su ámbito local, de la sociedad española y del contexto europeo e internacional.

El currículo de la ESO se articula en sucesivos niveles de concreción, en los cuales se adecúa progresivamente a las particularidades del contexto del centro y del alumnado que acude a él.

Por este motivo, también los centros educativos desempeñan un papel activo desarrollando, completando y adaptando el currículo a las necesidades del alumnado que acogen y al entorno en el que se encuentran. Para ello, elaboran una serie de instrumentos con los que se articula su organización pedagógica y curricular:

  • el proyecto educativo, que incluye la concreción de los currículos establecidos por la Administración educativa;
  • la programación general anual;
  • las programaciones didácticas;
  • la memoria final de curso, que recoge y evalúa las actividades y el funcionamiento del centro.

En la elaboración de estos documentos participa la comunidad educativa a través de los respectivos órganos de gobierno y de coordinación docente del centro. La concreción de los currículos establecidos por la Administración educativa es fijada y aprobada por el claustro, al igual que los aspectos educativos de la programación general anual. 

Organización de los cursos primero a tercero de la ESO

Las materias que ha de estudiar el alumnado todos los cursos de primero a tercero de la ESO son las siguientes:

  • Biología y Geología o Física y Química;
  • Educación Física;
  • Geografía e Historia;
  • Lengua Castellana y Literatura y, si la hubiere, Lengua Cooficial y Literatura;
  • Lengua Extranjera;
  • Matemáticas;
  • Música o Educación Plástica, Visual y Audiovisual.

En al menos uno de los tres cursos, todo el alumnado cursará la materia Tecnología y Digitalización.

Asimismo, en el conjunto de los tres cursos, el alumnado cursa alguna materia optativa, que también puede configurarse como un trabajo monográfico o un proyecto interdisciplinar o de colaboración con un servicio a la comunidad. Las Administraciones educativas son las encargadas de regular esta oferta, que debe incluir, al menos, Cultura Clásica, una segunda lengua extranjera (de oferta obligatoria en todos los cursos) y una materia para el desarrollo de la competencia digital.

Por su parte, la religión católica es una materia de oferta obligatoria para los centros y de carácter voluntario para el alumnado. A su vez, la enseñanza de otras religiones se ajusta a los acuerdos de cooperación celebrados por el Estado español con las diferentes confesiones religiosas.

En algún curso de la educación secundaria obligatoria todo el alumnado ha de cursar la materia de Educación en Valores Cívicos y Éticos.

Para favorecer la transición entre etapas educativas, en la organización de la ESO, las Administraciones educativas han de procurar que el alumnado de primero y segundo cursen un máximo de una materia más que las áreas que compongan el último ciclo de educación primaria.

Organización del cuarto curso de la ESO

Las materias que cursa todo el alumnado de cuarto curso de la ESO son las siguientes:

  • Educación Física;
  • Geografía e Historia;
  • Lengua Castellana y Literatura y, si la hubiere, Lengua Cooficial y Literatura;
  • Lengua Extranjera;
  • Matemáticas A o Matemáticas B, en función de la elección de cada estudiante;
  • tres materias de entre las siguientes: Biología y Geología, Digitalización, Economía y Emprendimiento, Expresión Artística, Física y Química, Formación y Orientación Personal y Profesional, Latín, Música, Segunda Lengua Extranjera, Tecnología;
  • una o más materias optativas, conforme al marco establecido por cada Administración educativa, tomando en consideración la continuidad de las optativas cursadas en los cursos anteriores de la ESO. Estas materias pueden configurarse como un trabajo monográfico o un proyecto de colaboración con un servicio a la comunidad.

Con objeto de reforzar la inclusión, las administraciones educativas podrán incorporar en este curso las lenguas de signos españolas.

En aquellas comunidades autónomas que posean una lengua propia con carácter oficial, podrán establecerse exenciones de cursar o de ser evaluados de la materia correspondiente en las condiciones previstas en la normativa autonómica. Dicha materia recibirá el tratamiento que las comunidades autónomas afectadas determinen, garantizando, en todo caso, el objetivo de competencia lingüística suficiente en ambas lenguas oficiales.

Por su parte, la religión católica es una materia de oferta obligatoria para los centros y de carácter voluntario para el alumnado. A su vez, la enseñanza de otras religiones se ajusta a los acuerdos de cooperación celebrados por el Estado español con las diferentes confesiones religiosas.

Este cuarto curso tiene un carácter orientador, tanto para los estudios postobligatorios como para la incorporación a la vida laboral. A fin de orientar la elección del alumnado, los centros educativos podrán establecer agrupaciones de las materias ofertadas en distintas opciones, orientadas hacia las diferentes modalidades de bachillerato y los diversos campos de la formación profesional, fomentando la presencia equilibrada de ambos sexos en las diferentes ramas de estudio. En todo caso, el alumnado debe poder alcanzar, por cualquiera de las opciones establecidas, el nivel de adquisición de las competencias establecido para educación secundaria obligatoria en el Perfil de salida del alumnado al término de la enseñanza básica.

Los centros deben ofrecer la totalidad de las materias u opciones posibles. Solo se puede limitar la elección del alumnado cuando hay un número insuficiente de estudiantes para alguna de las materias u opciones, determinado a partir de criterios objetivos establecidos previamente por cada Administración educativa.

Porcentaje de horas de enseñanza por materia en ESO (2022)

Lengua, escritura y literatura 16
Matemáticas 12
Ciencias Naturales 11
Estudios Sociales 10
Segunda Lengua 11
Educación física y salud 7
Arte 9
Religión/Ética/Valores éticos 3
Tecnología 3
Otras materias 3
Optativas elegidas por los centros educativos 2

Fuente: Elaboración Eurydice España-REDIE (INEEMEFD) a partir de la publicación Education at a glance 2023.

Las Administraciones educativas establecen los modelos lingüísticos que organizan la enseñanza de las lenguas oficiales en sus respectivos ámbitos de gestión

Además, pueden establecer que una parte de las asignaturas del currículo se imparta en lenguas extranjeras sin que ello suponga modificación de los aspectos básicos del currículo. Al finalizar la etapa cada estudiante tiene que haber adquirido la terminología propia de las asignaturas en ambas lenguas. No obstante, los centros que impartan una parte de las asignaturas del currículo en lenguas extranjeras no pueden incluir requisitos lingüísticos en la admisión del alumnado.

Métodos de enseñanza y materiales

Métodos de enseñanza

La metodología didáctica es el conjunto de estrategias, procedimientos y acciones organizadas y planificadas por el profesorado, de manera consciente y reflexiva, con la finalidad de posibilitar el aprendizaje del alumnado y el logro de los objetivos planteados.

El MEFD, a través del el Real Decreto 217/2022, establece los siguientes principios pedagógicos:

  1. Los centros elaborarán sus propuestas pedagógicas para todo el alumnado de esta etapa atendiendo a su diversidad. Asimismo, arbitrarán métodos que tengan en cuenta los diferentes ritmos de aprendizaje del alumnado, favorezcan la capacidad de aprender por sí mismos y promuevan el trabajo en equipo.
  2. Las Administraciones educativas determinarán las condiciones específicas en que podrá configurarse una oferta organizada por ámbitos y dirigida a todo el alumnado o al alumno o alumna para quienes se considere que su avance se puede ver beneficiado de este modo.
  3. En esta etapa se prestará una atención especial a la adquisición y el desarrollo de las competencias establecidas en el Perfil de salida del alumnado al término de la enseñanza básica y se fomentará la correcta expresión oral y escrita y el uso de las matemáticas. A fin de promover el hábito de la lectura, se dedicará un tiempo a la misma en la práctica docente de todas las materias.
  4. Para fomentar la integración de las competencias trabajadas, se dedicará un tiempo del horario lectivo a la realización de proyectos significativos y relevantes y a la resolución colaborativa de problemas, reforzando la autoestima, la autonomía, la reflexión y la responsabilidad.
  5. Sin perjuicio de su tratamiento específico, la comprensión lectora, la expresión oral y escrita, la comunicación audiovisual, la competencia digital, el emprendimiento social y empresarial, el fomento del espíritu crítico y científico, la educación emocional y en valores, la igualdad de género y la creatividad se trabajarán en todas las materias. En todo caso, se fomentarán de manera transversal la educación para la salud, incluida la afectivo-sexual, la formación estética, la educación para la sostenibilidad y el consumo responsable, el respeto mutuo y la cooperación entre iguales.
  6. Las lenguas oficiales se utilizarán solo como apoyo en el proceso de aprendizaje de las lenguas extranjeras. En dicho proceso se priorizarán la comprensión, la expresión y la interacción oral.
  7. Las Administraciones educativas establecerán las condiciones que permitan que, en los primeros cursos de la etapa, los profesores con la debida cualificación impartan más de una materia al mismo grupo de alumnos y alumnas.
  8. Corresponde a las Administraciones educativas promover las medidas necesarias para que la tutoría personal del alumnado y la orientación educativa, psicopedagógica y profesional, constituyan un elemento fundamental en la ordenación de esta etapa.
  9. De igual modo, corresponde a las Administraciones educativas regular soluciones específicas para la atención de aquellos alumnos y alumnas que manifiesten dificultades especiales de aprendizaje o de integración en la actividad ordinaria de los centros, de los alumnos y alumnas de alta capacidad intelectual y de los alumnos y alumnas con discapacidad.

Dentro de su autonomía pedagógica, los centros docentes son los que definen los métodos de enseñanza en el aula, de acuerdo con los principios pedagógicos descritos. También deciden sobre los materiales curriculares y los recursos didácticos. En esa línea, han de elaborar sus propuestas pedagógicas para todo el alumnado atendiendo a su diversidad. Asimismo, han de arbitrar métodos que tengan en cuenta los diferentes ritmos de aprendizaje del alumnado, favorezcan la capacidad de aprender por sí mismos y promuevan el trabajo en equipo.

Cada docente posee libertad para tomar sus propias decisiones metodológicas, que han de ser respetuosas con lo acordado a nivel de centro y con lo establecido por las Administraciones educativas correspondientes.

Materiales curriculares y recursos didácticos

Los libros de texto y materiales de enseñanza no requieren la previa autorización de la administración educativa en cuanto a su adopción y edición. En todo caso, deben:

  • adaptarse al rigor científico adecuado a las edades del alumnado y al currículo aprobado por cada Administración educativa;
  • reflejar y fomentar el respeto a los principios, valores, libertades, derechos y deberes constitucionales, así como a los principios y valores recogidos en las leyes educativas vigentes y en la Ley Orgánica 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, a los que ha de ajustarse toda la actividad educativa.

En el ejercicio de la autonomía pedagógica, corresponde a los órganos de coordinación didáctica de cada centro educativo público adoptar los libros de texto y demás materiales que hayan de utilizarse en el desarrollo de las diversas áreas.

La supervisión de los libros de texto y otros materiales curriculares es competencia de las Administraciones educativas y constituye parte del proceso ordinario de inspección que ejerce cada una de ellas sobre la totalidad de elementos que integran el proceso de enseñanza y aprendizaje. En cualquier caso, se ha de velar por el respeto a los principios y valores contenidos en la Constitución y a lo dispuesto en la normativa vigente.

Las familias asumen los gastos en los libros de texto y material escolar. No obstante, el MEFD promueve, en el seno de la Conferencia Sectorial de Educación, programas que faciliten la disponibilidad de forma gratuita de libros de texto y otros materiales curriculares a través de un sistema de préstamo o de ayudas. Dicha Conferencia Sectorial, a través de la Comisión General de Educación (órgano de apoyo), acuerda los criterios objetivos de distribución, así como las cantidades a transferir a favor de cada comunidad autónoma en cada ejercicio presupuestario. En el siguiente enlace se puede acceder al acuerdo y la distribución para el año 2023.

A su vez, existen determinadas ayudas municipales o autonómicas para la adquisición de libros de texto y material escolar dirigidas al alumnado escolarizado en centros sostenidos con fondos públicos.

Por último, aunque se han llevado a cabo diversas iniciativas en diferentes Administraciones educativas para regular la tarea escolar que el alumnado tiene que realizar fuera del horario de clase, no existe legislación estatal específica a este respecto. En consecuencia, su organización queda a juicio de cada docente o de los acuerdos a los que se llegue en el centro.

Tecnologías de la información y la comunicación

Las Administraciones educativas y los equipos directivos de los centros públicos deben promover el uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en el aula como medio didáctico apropiado y valioso para llevar a cabo las tareas de enseñanza y aprendizaje. Además, las Administraciones educativas tienen que establecer las condiciones que hagan posible la eliminación en el ámbito escolar de las situaciones de riesgo derivadas de la inadecuada utilización de las TIC, con especial atención a las situaciones de violencia en la red. Por ley, se ha de fomentar la confianza y seguridad en el uso de las tecnologías prestando especial atención a la desaparición de estereotipos de género que dificulten la adquisición de competencias digitales en condiciones de igualdad.

Por otra parte, el objetivo del perfil de salida consiste en que el alumnado active los aprendizajes adquiridos para responder a los principales desafíos que deberá hacer frente a lo largo de su vida. Uno de estos objetivos, según el ANEXO I del Real decreto 217/2022 es:

"Analizar de manera crítica y aprovechar las oportunidades de todo tipo que ofrece la sociedad actual, en particular las de la cultura en la era digital, evaluando sus beneficios y riesgos y haciendo un uso ético y responsable que contribuya a la mejora de la calidad de vida personal y colectiva."

La red de recursos educativos en abierto Procomún está destinada a usos educativos y de aprendizaje, fundamentalmente por parte de la comunidad docente y el alumnado, pero también por el público en general.

Actualmente, Procomún es una red de recursos educativos abiertos (REA), donde poder buscar, visualizar y descargar objetos de aprendizaje en formatos estándar y con licencias de uso abiertas para enseñanzas previas a la universidad. Integra una red social como punto de encuentro de la comunidad educativa, lo cual facilita la interacción con otros usuarios y usuarias, creando comunidades, compartiendo, valorando y difundiendo todo tipo de recursos educativos. A su vez, incorpora tecnología semántica que la vincula con otras redes digitales similares (EuropeanaRedinedBiblioteca NacionalMuseo del PradoHispana y Dbpedia).

Los REA se ofrecen bajo una licencia abierta (Creative Commons España) que permite el acceso gratuito, así como el uso, modificación y redistribución por otros sin ninguna restricción o con restricciones limitadas.

Por su parte, el Proyecto EDIA (Educativo, Digital, Innovador y Abierto) del Centro Nacional de Desarrollo Curricular en Sistemas no Propietarios (CEDEC) promueve y apoya la creación de dinámicas de transformación digital y metodológica en los centros para mejorar el aprendizaje de los alumnos y promover nuevos modelos de centro educativo.

EDIA ofrece un banco de contenidos educativos para, entre otras enseñanzas, educación primaria. Se trata de recursos educativos abiertos (REA) curricularmente referenciados y que ofrecen propuestas ligadas a metodologías activas y al fomento de la competencia digital en el aula. Los recursos incorporan todas las plantillas, guías, rúbricas y documentos necesarios para llevar al aula la propuesta didáctica.

Los REA son creados con la herramienta de autor eXeLearning, por lo que cualquier docente puede acceder a los mismos para usarlos directamente, pero también descargarlos y modificarlos conforme a su contexto de aula. En torno a los REA del proyecto EDIA se han generado redes de docentes que dialogan sobre la aplicación de los recursos en el aula y el uso de la tecnología. Este claustro virtual constituye un marco de experimentación para plantear nuevos modelos de contenidos educativos que desarrollen aspectos como la accesibilidad y temas como la igualdad de género y la ciudadanía digital.