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Oferta educativa en el hogar
Spain

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4.Educación Infantil

4.4Oferta educativa en el hogar

Last update: 25 June 2024

En España, no existe regulación estatal de oferta de educación infantil en el hogar. Sin embargo, a nivel autonómico, la Comunidad de Madrid, la Comunidad Foral de Navarra y Galicia sí disponen de normativa reguladora de este tipo de oferta. En este último caso, sólo se aplica a los asentamientos rurales de menos de 5.000 habitantes.

Objetivos y accesibilidad

Comunidad de Madrid

La regulación oficial con respecto a las “madres y padres de día”, para niños y niñas menores de tres años, está recogida dentro del marco regulador para el servicio de convivencia familiar y social. Este marco está compuesto por diferentes disposiciones normativas aprobadas por la antigua Consejería de Integración Social, hoy día dentro de las competencias de la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad (Orden 612/1990 y Orden 613/1990).

Las características fundamentales de esta oferta de educación infantil en el hogar son las siguientes:

  • recurso de libre opción para las familias;
  • atención personalizada en el domicilio del cuidador o cuidadora, quien realiza cuidados básicos en un entorno familiar y hogareño;
  • facilita la conciliación de la vida familiar y laboral:
    • flexibilidad horaria adecuada a las necesidades de las familias, tanto en horario de mañana como de tarde
    • cobertura todo el año, salvo los periodos de vacaciones pactados con la familia;
    • máximo de 8 horas de atención diaria;
  • contrato privado con las familias;
  • las directrices estatales y autonómicas para educación infantil en la escuela no se aplican a la oferta en casa.

Comunidad Foral de Navarra

La Orden Foral 27/2006 del Consejero de Bienestar Social, Deporte y Juventud, clasifica el recurso de conciliación de la vida laboral y familiar denominado “servicio de atención a menores de tres años en el domicilio de las cuidadoras”.

Las características fundamentales de esta oferta de educación infantil en el hogar son las siguientes:

  • El servicio, gestionado y coordinado por entidades sin ánimo de lucro, se presta a través de asociaciones, tales como “Asociación Casas Amigas”, “Manos Amigas” y “Cuidándote”.
  • La solicitud de plaza se recoge y entrega cumplimentada en la entidad que gestione el domicilio, y el plazo está abierto todo el año.
  • El coste del servicio está regulado por cada asociación, con quien cada familia firma un contrato.
  • Es un recurso de conciliación de la vida laboral y familiar, que ofrece flexibilidad horaria a las familias y atención personalizada a niños y niñas menores de tres años, en grupos reducidos y en el domicilio de la persona cuidadora.
  • Ofrece cobertura durante todo el año.
  • Cada asociación cuenta con un proyecto educativo que especifica los fines y objetivos, la metodología, horarios, recursos humanos y técnicos destinados y modelos de evaluación establecidos. Además, orienta la labor diaria de desarrollo integral de cada niño y niña, teniendo en cuenta su momento evolutivo y su mundo afectivo.
  • Los servicios prestados son los siguientes:
    • Actividades de educación temprana, que comprenden:
      • talleres y juegos según las necesidades de cada niño y niña, enmarcados en el proyecto educativo;
      • acompañamiento en el juego libre;
      • evaluación de los procesos y avances de cada niño y niña;
      • cumplimentación de la agenda de cada niño y niña;
      • informe a las familias con la evaluación correspondiente.
    • Tarea de alimentación e higiene:
      • aseo personal y alimentación del niño/a;
      • limpieza y organización de las dependencias donde se realiza el trabajo.
  • Las directrices estatales y autonómicas para educación infantil en la escuela no se aplican a la oferta en casa.

Galicia

En Galicia, la Orden de 27 de diciembre de 2021 y la Orden de 14 de febrero de 2023 regulan las llamadas Casas Nido. Este modelo de atención a la infancia de 0 a 3 años se presta por medio de profesionales autónomos o cooperativas de trabajo asociado en un domicilio o en un local propio, cedido o alquilado. En ambos casos la infraestructura que da soporte a la casa nido deberá estar acondicionada de acuerdo con los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria, formulados de acuerdo con los parámetros de diseño de los espacios educativos para menores de tres años. 

Las características fundamentales de esta oferta de educación infantil en el hogar son las siguientes:

  • Este modelo surge debido a las características de los ayuntamientos del ámbito rural de Galicia, en los que, por su escasez de población, no resultan viables los modelos tradicionales de servicios de atención a la primera infancia. 
  • Este servicio está disponible para los niños y las niñas empadronados en el ayuntamiento en los que esta se sitúa o en uno limítrofe donde no existan recursos de atención a la infancia de hasta tres años de edad.
  • Las Casas Nido se desarrollan con carácter gratuito en la modalidad de atención diurna de lunes a viernes durante todo el año, excepto los días festivos y un mes de cada doce en el que la casa nido permanecerá cerrada por vacaciones. Las familias pueden llevar a los niños y niñas un máximo de ocho horas diarias en un horario flexible que se pactará con el/con la profesional que desarrolla el proyecto.
  • La atención prestada comprende también el servicio de cocina que consiste en la preparación final de los alimentos elaborados previamente por las familias y aportados diariamente a la casa nido para su consumo en el momento del comedor.

Requisitos de las cuidadoras o cuidadores y número de niños y niñas

Comunidad de Madrid

Los requisitos del personal que desempeña la función de educadores y educadoras en el hogar para educación infantil son los siguientes:

  • mínima titulación oficial: técnico Superior en Educación Infantil (Clasificación Internacional Normalizada de la Educación nivel 5);
  • título de manipulación de alimentos y primeros auxilios.

Respecto a la ratio de niños y niñas por educador o educadora, el máximo es de cuatro menores por educador o educadora.

Comunidad Foral de Navarra

Los requisitos del personal que desempeña la función de educadores y educadoras en el hogar para educación infantil son los siguientes:

  • mínima titulación oficial del personal educador/cuidador: formación académica en el cuidado de niños y niñas menores de tres años o personas con experiencia en el cuidado de menores y formación específica en atención de menores impartida por entidades públicas o privadas con experiencia acreditada en la creación y asesoramiento de empresas de atención a menores.

Respecto a la ratio de niños y niñas por educador o educadora, el número máximo es de cuatro menores por educador o educadora a cargo, que en circunstancias excepcionales y justificadas puede ser de cinco.