Documentos organizativos
La Ley Orgánica 2/2006 de Educación (LOE), en su artículo 14, modificado por la Ley Orgánica 3/2020 (LOMLOE), establece los principios organizativos y pedagógicos generales de ambos ciclos de educación infantil. El Real Decreto 95/2022, establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Infantil. Las Administraciones educativas autonómicas establecen las directrices educativas, de carácter obligatorio, que se aplican a toda la etapa de la educación infantil, siguiendo los principios anteriormente mencionados. El currículo (objetivos, competencias, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación) es determinado por el Gobierno central, en colaboración con las comunidades autónomas en sus respectivos ámbitos de gestión, a partir del mandato general del artículo 14.7 de la LOE, modificado por la LOMLOE.
- El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes (MEFD), por medio del Real Decreto 95/2022, concreta las enseñanzas mínimas para el segundo ciclo, que tienen carácter orientativo para el primer ciclo. Estas enseñanzas mínimas incluyen objetivos, competencias clave, competencias específicas, criterios de evaluación, saberes básicos y situaciones de aprendizaje para toda la etapa.
- Las Administraciones educativas, establecen el currículo de toda la etapa de Educación Infantil, del que formarán parte las enseñanzas mínimas fijadas en el Real Decreto 95/2022 para el segundo ciclo de la etapa.
- Los centros educativos, desarrollan y completan el currículo establecido por las Administraciones educativas, adaptándolo a su contexto. Para ello, los centros educativos tienen que elaborar:
- el proyecto educativo, que incluye la concreción curricular de la Administración educativa;
- la programación general anual: recoge todo lo relativo a la organización y el funcionamiento del centro para el curso escolar, incluidos los proyectos, el currículo y los planes de actuación.
- El profesorado y el resto de profesionales que atienden al alumnado, adaptan las concreciones a su práctica educativa, basándose en el Diseño Universal para el Aprendizaje y en las características de su alumnado. Para ello elaboran la programación de aula.
No existen directrices dictadas por la Administración educativa a nivel estatal para la oferta de educación infantil en el hogar. A nivel autonómico, la Comunidad de Madrid y la Comunidad Foral de Navarra sí disponen de normativa reguladora de este tipo de oferta.
Contenidos educativos
Las Administraciones educativas establecen el currículo para toda la etapa de Educación Infantil a partir de las enseñanzas mínimas establecidas en el Real Decreto 95/2022.
La Educación Infantil supone el inicio del proceso de adquisición de las competencias clave recogidas en la Recomendación del Consejo de la Unión Europea de 22 de mayo de 2018:
- competencia en comunicación lingüística;
- competencia plurilingüe;
- competencia matemática y competencia en ciencia, tecnología e ingeniería;
- competencia digital;
- competencia personal, social y de aprender a aprender;
- competencia ciudadana;
- competencia emprendedora;
- competencia en conciencia y expresión culturales.
Las competencias clave se ven reflejadas tanto en los diferentes elementos curriculares como en los principios pedagógicos propios de la etapa.
El currículo de la Educación Infantil en su artículo 7 también incluye objetivos que son los logros que se espera que los niños y niñas alcancen al finalizar la etapa. La consecución de estos objetivos está vinculada a la adquisición de las competencias clave y son:
a) Conocer su propio cuerpo y el de los otros, así como sus posibilidades de acción y aprender a respetar las diferencias.
b) Observar y explorar su entorno familiar, natural y social.
c) Adquirir progresivamente autonomía en sus actividades habituales.
d) Desarrollar sus capacidades emocionales y afectivas.
e) Relacionarse con los demás en igualdad y adquirir progresivamente pautas elementales de convivencia y relación social, así como ejercitarse en el uso de la empatía y la resolución pacífica de conflictos, evitando cualquier tipo de violencia.
f) Desarrollar habilidades comunicativas en diferentes lenguajes y formas de expresión.
g) Iniciarse en las habilidades lógico-matemáticas, en la lectura y la escritura, y en el movimiento, el gesto y el ritmo.
h) Promover, aplicar y desarrollar las normas sociales que fomentan la igualdad entre hombres y mujeres.
Conforme al Real Decreto 95/2022, el currículo de la Educación Infantil se organiza en tres áreas recogidas en su ANEXO I:
- Crecimiento en Armonía. Esta área se centra en las dimensiones personal y social del niño o la niña. Se atiende al desarrollo físico-motor, a la adquisición del autocontrol y a la construcción de la identidad personal.
- Descubrimiento y Exploración del Entorno. Esta área favorece el proceso de descubrimiento, observación y exploración de los elementos físicos y naturales del entorno.
- Comunicación y Representación de la Realidad. Esta área pretende desarrollar las capacidades que permitan al alumnado comunicarse a través de diferentes lenguajes y formas de expresión como medio para construir su identidad, representar la realidad y relacionarse con las demás personas.
El currículo de las áreas está compuesto por:
- Competencias específicas: desempeños que el alumnado debe poder desplegar en situaciones de aprendizaje. Para abordar estas competencias los niños y niñas requieren de los saberes básicos de cada área. Las competencias específicas son un elemento de conexión entre las competencias clave, los saberes básicos y los criterios de evaluación.
- Criterios de evaluación: referentes que indican el nivel de desempeño esperado por el alumnado en las situaciones de aprendizaje.
- Saberes básicos: conocimientos, destrezas y actitudes que constituyen los contenidos propios de un área. Su adquisición es necesario para el desarrollo de las competencias específicas.
Área | Competencias específicas | Criterios de evaluación | Saberes básicos |
Crecimiento en Armonía |
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Cada ciclo contiene 2-4 criterios de evaluación para cada una de las competencias específicas del área. |
Los saberes básicos de cada ciclo se desarrollan en cuatro apartados/bloques: A. El cuerpo y el control progresivo del mismo. B. Desarrollo y equilibrio afectivos C. Hábitos de vida saludable para el autocuidado y el cuidado del entorno. D. Interacción socioemocional en el entorno. La vida junto a los demás. |
Descubrimiento y Exploración del Entorno |
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Los saberes básicos de cada ciclo se desarrollan en cuatro apartados/bloques: A. Diálogo corporal con el entorno. Exploración creativa de objetos, materiales y espacios. B. Experimentación en el entorno. Curiosidad, pensamiento científico y creatividad. C. Indagación en el medio físico y natural. Cuidado, valoración y respeto |
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Comunicación y Representación de la Realidad |
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Los saberes básicos de cada ciclo se desarrollan en cuatro apartados/bloques: A. Intención e interacción comunicativas. B. Las lenguas y sus hablantes. C. Comunicación verbal oral: expresión, comprensión y diálogo. D. Aproximación al lenguaje escrito. E. Aproximación a la educación literaria. F. El lenguaje y la expresión musicales. G. El lenguaje y la expresión plásticos y visuales. H. El lenguaje y la expresión corporales. I. Alfabetización digital. (solo para el 2.º ciclo). |
En cuanto al número de horas anuales que se dedican a la impartición de cada área curricular, existen variaciones en las distintas Administraciones educativas de las comunidades autónomas.
En este ciclo, se tiene un primer contacto con:
- una primera lengua extranjera, en los aprendizajes del segundo ciclo de la Educación infantil, especialmente en el último año.
- La lectura y la escritura, experiencias de iniciación temprana en habilidades numéricas básicas, tecnologías de la información y la comunicación, expresión visual y musical y otras habilidades que las Administraciones educativas determinen.
La enseñanza de religión se incluye en el segundo ciclo de la etapa de manera voluntaria.
Métodos de enseñanza y materiales
Métodos de enseñanza
Conforme al artículo 14.6 de la LOE, modificado por la LOMLOE, la metodología didáctica empleada se basa en el juego, en el marco de un ambiente de confianza y afecto que propician la autoestima y la integración social del alumnado.
Las prácticas de enseñanza-aprendizaje se basan en experiencias de aprendizaje significativas y emocionalmente positivas, en la experimentación y en el juego. Estas prácticas se llevan a cabo en un ambiente de afecto y confianza. Las Administraciones educativas establecen una serie de principios metodológicos:
- perspectiva globalizadora del aprendizaje;
- actividad física y mental de niño y niña, e importancia del juego;
- priorización de aspectos afectivos y de relación;
- interacción entre iguales;
- coordinación con las familias;
- carácter preventivo y compensador;
- atención a la diversidad, adaptando la actividad educativa a las características, intereses, estilos cognitivos y procesos de maduración del alumnado.
Cada docente posee libertad para tomar sus propias decisiones metodológicas en el aula, que han de ser respetuosas con lo acordado a nivel de centro y con lo establecido por su Administración educativa.
Situaciones de aprendizaje
Para la adquisición de las competencias clave, se ha de utilizar una metodología centrada en el alumnado. Para ello, los docentes deben diseñar situaciones de aprendizaje estimulantes, significativas e integradoras, bien contextualizadas y respetuosas con el desarrollo del alumnado.
Las situaciones de aprendizaje plantean a los niños y niñas un reto o problema de cierta complejidad en función de su edad y desarrollo. La resolución creativa de estas situaciones implica la movilización de manera integrada de lo aprendido en las tres áreas en las que se organiza la etapa de Educación Infantil. Deben partir de un planteamiento claro de los objetivos y suponen la integración de un conjunto de saberes básicos. Por otra parte, deben favorecer los distintos tipos de agrupamiento e incluir experiencias de aprendizaje cooperativo para la resolución del reto planteado.
Materiales curriculares y recursos didácticos
De acuerdo con los principios metodológicos y dentro de su autonomía pedagógica, los centros definen los materiales curriculares y recursos didácticos que se pueden utilizar en la práctica docente, entre ellos:
- libros de actividades;
- materiales impresos;
- materiales de elaboración propia;
- libros de consulta de la biblioteca del centro o del aula;
- prensa;
- cuentos;
- medios informáticos y audiovisuales.
Los centros también cuentan con guías didácticas, que aportan fundamentación didáctica al material curricular que se utiliza, y orientaciones para la secuencia y la adaptación de contenidos. En educación infantil destaca el uso de recursos relacionados con la expresión plástica y musical.
La edición y adopción de los materiales curriculares y recursos didácticos:
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no requieren la previa autorización de la Administración educativa;
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deben adaptarse al rigor científico adecuado a las edades del alumnado y al currículo aprobado por cada comunidad autónoma;
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deben reflejar y fomentar el respeto a los principios, valores, libertades, derechos y deberes constitucionales, así como a los principios y valores recogidos tanto en la la Ley Orgánica 2/2006 de Educación (LOE), modificada por la Ley Orgánica 3/2020 (LOMLOE) como en la Ley Orgánica 1/2004 de medidas de protección integral contra la violencia de género.
El proceso de selección de los libros de texto sigue unas directrices en todas las instituciones educativas:
• la Comisión de Coordinación Pedagógica del centro prepara un informe de los libros de texto considerados más apropiados, bajo la supervisión del Consejo Escolar y del Claustro;
• el profesorado es responsable de la decisión final en la elección de dichos libros;
• el Consejo Escolar del centro, si no está de acuerdo con la decisión final, puede hacer sugerencias al Claustro de profesorado a fin de que sean consideradas.
La inspección educativa de la comunidad autónoma realiza la supervisión de los libros de texto y otros materiales curriculares, como elementos integrantes del proceso de enseñanza y aprendizaje. Existen ayudas municipales y/o autonómicas para la adquisición de material escolar en el segundo ciclo de la educación infantil.
Evaluación
La evaluación en educación infantil está regulada por el Real Decreto 95/2022 y la completan las Administraciones educativas de las comunidades autónomas. Estas últimas concretan el proceso de evaluación del alumnado en sus respectivos ámbitos de gestión, aunque algunas comunidades autónomas lo hacen de forma conjunta para el primer y segundo ciclo y otras únicamente regulan la evaluación en el segundo ciclo. El artículo 20 del El Real Decreto 95/2022 establece que:
- La evaluación es global, continua y formativa.
- La observación directa y sistemática es la técnica principal del proceso de evaluación.
- La evaluación está orientada a identificar las condiciones iniciales individuales y el ritmo y las características evolutivas del alumnado.
- Los referentes de la evaluación son los criterios de evaluación establecidos para cada ciclo en cada una de las áreas.
- El proceso de evaluación debe contribuir a mejorar el proceso de enseñanza y de aprendizaje.
- Los padres, madres, tutores y tutoras legales del alumnado participan y apoyan en la evaluación.
Transición a la educación primaria
No hay unas directrices nacionales o autonómicas respecto a medidas que faciliten la transición a la educación primaria.
Para garantizar la continuidad del proceso de formación y una transición y evolución positivas desde la Educación Infantil a la Educación Primaria, las Administraciones educativas y los centros establecerán mecanismos para favorecer la coordinación entre las diferentes etapas (artículo 21 del Real Decreto 157/2022).