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Evaluación de la calidad en la educación infantil, primaria y secundaria

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11.Evaluación de la calidad

11.1Evaluación de la calidad en la educación infantil, primaria y secundaria

Last update: 16 February 2024

La educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria cuentan con dos vías diferenciadas para realizar la evaluación de la calidad: la evaluación y la inspección educativas, tal como se estipula en los Títulos VI y VII de la Ley Orgánica 2/2006 de Educación (LOE), modificados por la Ley Orgánica 3/2020 (LOMLOE). La evaluación de estas etapas se considera un elemento fundamental para la mejora de la educación y para el aumento de la transparencia del sistema educativo. Por su parte, la inspección de estas etapas también contribuye a la mejora, apoyando aspectos clave para lograr ese progreso.

La evaluación en estas etapas se extiende a todos los ámbitos educativos regulados en la LOE y se aplica sobre los procesos de enseñanza y aprendizaje y sus resultados, sobre el contexto educativo, con especial referencia a la escolarización y admisión del alumnado, a los recursos educativos, a la actividad del profesorado, a la función directiva, al funcionamiento de los centros educativos, a la inspección y a las propias Administraciones educativas.

La LOMCE, en 2020, derogó la Ley Orgánica 8/2013 para la mejora de la calidad educativa (LOMCE) y modificó parcialmente la LOE, de 2006. Las principales novedades en cuanto a la evaluación de la calidad han sido las siguientes:

  • La evaluación se amplía al contexto educativo, con especial referencia a la escolarización y admisión del alumnado y a los recursos.
  • Los resultados de las evaluaciones del sistema educativo no pueden ser utilizadas para valoraciones individuales del alumnado o para establecer clasificaciones de los centros. Esta situación ya se planteaba en 2006, pero fue suprimida en 2013 y se ha vuelto a recuperar en 2020.
  • Se establecen dos evaluaciones de diagnóstico en 4.º de primaria y en 2.º de educación secundaria obligatoria, mientras que en 2013 se planteaban evaluaciones individualizadas en 3.º de primaria y se dejaba en manos de las Administraciones educativas la posibilidad de establecer otras evaluaciones con fines de diagnóstico.
  • Se fijan dos evaluaciones generales del sistema educativo en 6.º de primaria y 4.º de educación secundaria obligatoria. 

En cuanto a la inspección de la calidad, la LOMCE ha incorporado nuevos aspectos, en concreto, los siguientes:

  • Se han establecido los principios que deben regir su actuación: legalidad, profesionalidad, independencia, imparcialidad, eficiencia y transparencia.
  • Se asignan nuevas funciones y atribuciones a la inspección educativa: 
    • evaluación de todos los centros, de sus servicios y programas y de la función directiva, a la que orientará y asesorará;
    • participación en las reuniones de órganos colegiados o de coordinación docente.

Organismos responsables

Los organismos responsables de la evaluación de la calidad del sistema educativo en la educación infantil, primaria y secundaria son los siguientes:

  • Alta Inspección del Estado;
  • Instituto Nacional de Evaluación Educativa (INEE), dependiente del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes (MEFD);
  • organismos de la inspección educativa de las comunidades autónomas;
  • organismos que evalúan el sistema educativo en las comunidades autónomas.

Alta Inspección del Estado

La Alta Inspección del Estado se caracteriza por las siguientes particularidades:

  • Es ejercida por el Estado a través del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes (MEFD).
  • Se encarga de garantizar el cumplimiento de las facultades atribuidas al Estado y la observancia de los principios y normas constitucionales y de las leyes orgánicas en materia educativa en todo el territorio nacional.
  • Se organiza como un servicio periférico de la Administración General del Estado y se integra en las delegaciones de Gobierno en cada comunidad autónoma.
  • Las delegaciones de Gobierno coordinan estos servicios en materia de educación no universitaria y elevan al MEFD los informes y actas derivados del ejercicio de la Alta Inspección en dicha materia, además de establecer la correspondiente colaboración con las comunidades autónomas.

Sus competencias son las siguientes:

  • comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos por el Estado en la ordenación general del sistema educativo en cuanto a modalidades, etapas, ciclos y especialidades de enseñanza, así como en cuanto al número de cursos que en cada caso corresponda;
  • comprobar la inclusión de los aspectos básicos del currículo dentro de los currículos establecidos por las Administraciones educativas y que estos se cursen de acuerdo con el ordenamiento estatal;
  • comprobar el cumplimiento de las condiciones para la obtención de títulos, así como de sus efectos académicos o profesionales;
  • velar por el cumplimiento de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de sus derechos y deberes en materia de educación, así como de sus derechos lingüísticos;
  • verificar la adecuación de la concesión de las subvenciones y becas financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, a los criterios generales que establezcan las disposiciones del Estado.

Instituto Nacional de Evaluación Educativa del MEFD

El Instituto Nacional de Evaluación Educativa (INEE) es el organismo del MEFD responsable de la evaluación del sistema educativo español, en colaboración con las Administraciones educativas

Esta colaboración se instituyó en 2004 con la creación del Grupo de trabajo de Evaluación Educativa (GTEE), coordinado por el INEE, en el que las comunidades autónomas participan enviando representantes a las reuniones anuales. Sus objetivos son los siguientes:

  • servir de instrumento de representación de las Administraciones educativas en el área de la evaluación educativa, así como constituirse en órgano de información y participación estable para la toma de decisiones en esa materia;
  • aportar cohesión y homogeneidad a la evaluación del sistema educativo español mediante la creación y coordinación de grupos de trabajo y comisiones que se ocupan de aspectos técnicos específicos, como la elaboración de marcos de diagnóstico comunes o el desarrollo del sistema estatal de indicadores.

Las funciones y responsabilidades del INEE se establecen en la Ley Orgánica 2/2006 de Educación (LOE), modificada por la Ley Orgánica 3/2020 (LOMLOE) y en el Real Decreto 498/2020 por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación y Formación Profesional (aún se encuentra pendiente de tramitación el real decreto que desarrolle la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, reestructurado el 29 de diciembre de 2023), y son las siguientes: 

  • la coordinación de las políticas de evaluación general del sistema educativo;
  • el establecimiento de estándares metodológicos y científicos que garanticen la calidad, validez y fiabilidad de las evaluaciones educativas;
  • la realización de un marco común de evaluación que sirva como referencia de las evaluaciones de diagnóstico, junto a los organismos correspondientes de las Administraciones educativas;
  • la realización, en colaboración con los organismos correspondientes de las Administraciones educativas, de las evaluaciones que atribuya al MEFD la normativa vigente;
  • la elaboración del Sistema Estatal de Indicadores de la Educación, que contribuyen al conocimiento del sistema educativo y orientan la toma de decisiones de las instituciones educativas y de todos los sectores implicados en la educación. Los datos necesarios para su elaboración son facilitados al MEFD por las Administraciones educativas de las comunidades autónomas;
  • la realización de investigaciones y estudios de evaluación del sistema educativo, así como la difusión de la información y el conocimiento que ofrezcan estas actuaciones y las evaluaciones nacionales e internacionales;
  • gestión de las redes de información y documentación sobre sistemas educativos (EURYDICE-España, REDIE y otras).

El MEFD periódicamente publica las conclusiones de interés general de las evaluaciones efectuadas por el INEE en colaboración con las Administraciones educativas y da a conocer la información que ofrece el Sistema Estatal de Indicadores de la Educación.

Inspección educativa de las comunidades autónomas

La inspección educativa de las comunidades autónomas se realiza sobre todos los elementos y aspectos del sistema educativo en su ámbito de gestión. Es el vínculo entre la Administración y los centros educativos, y desempeña un papel fundamental en los procesos de evaluación externa de los centros.

Sus funciones principales son las siguientes:

  • supervisar, evaluar y controlar, desde el punto de vista pedagógico y organizativo, el funcionamiento de los centros educativos, así como los proyectos y programas que desarrollen, con respeto al marco de autonomía de los propios centros;
  • supervisar la práctica docente, la función directiva y colaborar en su mejora continua;
  • participar en la evaluación del sistema educativo y de los elementos que lo integran;
  • velar por el cumplimiento en los centros educativos de las leyes, reglamentos y demás disposiciones vigentes que afecten al sistema educativo;
  • velar por el cumplimiento y aplicación de los principios y valores recogidos en la LOE, incluidos los destinados a fomentar la igualdad real entre hombres y mujeres;
  • asesorar, orientar e informar a los distintos sectores de la comunidad educativa en el ejercicio de sus derechos y en el cumplimiento de sus obligaciones;
  • emitir los informes solicitados por las Administraciones educativas respectivas o que se deriven del conocimiento de la realidad propio de la inspección educativa, a través de los cauces reglamentarios;
  • orientar a los equipos directivos en la adopción y seguimiento de medidas que favorezcan la convivencia, la participación de la comunidad educativa y la resolución de conflictos, impulsando y participando, cuando fuese necesario, en los procesos de mediación.

Las comunidades autónomas regulan y aprueban las instrucciones de organización y funcionamiento de sus servicios de inspección educativa. En aquellas que han definido y aprobado su propio Plan de Evaluación de Centros Docentes, la inspección educativa desarrolla la evaluación externa de acuerdo con el mismo, lo que en algunos casos supone colaborar con otras instituciones autonómicas de evaluación.

La inspección educativa es ejercida por personal funcionario del Cuerpo de Inspectores de Educación. En el desempeño de sus funciones tienen la consideración de autoridad pública y sus atribuciones son las siguientes:

  • conocer, supervisar y observar todas las actividades que se realicen en los centros, tanto públicos como privados, a los cuales tendrán libre acceso;
  • examinar y comprobar la documentación académica, pedagógica y administrativa de los centros;
  • recibir del resto de personal funcionario y responsables de los centros y servicios educativos, públicos y privados, la necesaria colaboración para el desarrollo de sus actividades;
  • participar en las reuniones de los órganos colegiados o de coordinación docente de los centros, respetando el ejercicio de la autonomía que la ley les reconoce, así como formar parte de comisiones, juntas y tribunales, cuando así se determine;
  • elevar informes y hacer requerimientos cuando se detecten incumplimientos en la aplicación de la normativa, y levantar actas, ya sea por iniciativa propia o a instancias de la autoridad administrativa correspondiente;
  • cualesquiera otras que le sean atribuidas por las Administraciones educativas, dentro del ámbito de sus competencias.

Organismos que evalúan el sistema educativo en las comunidades autónomas

Algunas comunidades autónomas han creado instituciones específicas de evaluación del sistema educativo. En otras la evaluación es asumida por unidades de la Administración educativa no dedicadas exclusivamente a esta actividad.

Las principales funciones en el ámbito no universitario de estos organismos en todas las comunidades autónomas son los siguientes:

  • la aplicación de las evaluaciones generales del sistema educativo y el desarrollo y control de las evaluaciones de diagnóstico en cuarto curso de educación primaria y en segundo curso de educación secundaria obligatoria;
  • la cooperación en la realización del Sistema Estatal de Indicadores Educativos.

Además, las Administraciones educativas asignan estas otras funciones a estos organismos:

  • la evaluación de centros docentes;
  • la realización de informes;
  • la difusión y promoción de los resultados de la evaluación educativa;
  • los procesos que puedan contribuir a favorecer la calidad y la mejora de la enseñanza y la educación;
  • la investigación y la innovación educativa;
  • la elaboración de indicadores educativos de la comunidad autónoma.

Tanto las características como las funciones de estos organismos son diferentes en cada comunidad autónoma.

Enfoques y métodos para la garantía de la calidad

La evaluación de la calidad en la educación infantil, primaria y secundaria se lleva a cabo a tres niveles diferentes: estatal, autonómico y local (de centro educativo).

Nivel estatal

Evaluación del conjunto del sistema educativo

A nivel estatal, la evaluación del conjunto del sistema educativo en estas etapas corresponde al Instituto Nacional de Evaluación Educativa (INEE), en colaboración con las Administraciones educativas de las comunidades autónomas. Esta evaluación se realiza a través de diferentes mecanismos:

  • el Sistema Estatal de Indicadores de la Educación (SEIE);
  • las evaluaciones externas al final de las etapas de educación primaria y de educación secundaria obligatoria;
  • la participación en estudios internacionales de evaluación.
Sistema Estatal de Indicadores de la Educación (SEIE)

El SEIE es una síntesis de los datos educativos en España elaborada por el INEE junto con la Subdirección General de Estadística y Estudios del MEFD con el fin de tener una visión general de la educación en España. Presenta estas características:

  • Contribuye al conocimiento del sistema educativo y a orientar la toma de decisiones de las autoridades educativas y de todos los sectores implicados en la educación.
  • Ofrece los resultados de las principales estadísticas educativas, tanto a nivel nacional como desagregadas por comunidades autónomas.
  • Presenta datos internacionales que sitúan a España en el marco de la OCDE y la Unión Europea.

La primera edición se publicó en el año 2000 y desde ese momento se han elaborado diecinueve ediciones, la última en 2023.

Actualmente, el Sistema Estatal de Indicadores de la Educación se compone de 19 indicadores, divididos a su vez en varios subindicadores que se corresponden con 3 dimensiones. Su actualización es variable y depende de la disponibilidad de datos nuevos:

  1. Escolarización y entorno educativo:
    • escolarización y población;
    • tasas de escolarización en las edades teóricas de los niveles no obligatorios;
    • alumnado extranjero;
    • la Formación Profesional;
    • participación en el aprendizaje permanente;
    • aprendizaje de lenguas extranjeras;
    • alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo;
    • alumnado por grupo y por profesor;
    • profesorado del sistema educativo;
    • tecnologías de la información y de las comunicaciones en la educación y la formación.
  2. Financiación educativa:
    • gasto total en educación;
    • gasto en educación por alumno.
  3. Resultados educativos:
    • competencias básicas en cuarto curso de educación primaria;
    • idoneidad en la edad del alumnado;
    • abandono temprano de la educación y la formación;
    • tasas de graduación;
    • nivel de formación de la población adulta;
    • tasa de empleo y de desempleo según el nivel de formación;
    • ingresos laborales según el nivel de formación.
Evaluaciones externas al final de las etapas de educación primaria y de educación secundaria obligatoria 

El Instituto Nacional de Evaluación Educativa, en colaboración con las Administraciones educativas, en el marco de la evaluación general del sistema educativo, tiene encomendada la labor de realizar las evaluaciones que permitan obtener datos representativos, tanto del alumnado y de los centros de las comunidades autónomas como del conjunto del Estado. Estas evaluaciones han de versar sobre las competencias establecidas en el currículo y tienen carácter muestral y plurianual. Además, han de tener en cuenta al alumnado con necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad, incluyendo, en las condiciones de realización de dichas evaluaciones, las adaptaciones y recursos que hubieran tenido.

Las evaluaciones de final de etapa se harán tanto al final de educación primaria, en 6.º de primaria, como al final de la secundaria, en 4.º de educación secundaria obligatoria. Tendrán carácter informativo, formativo y orientador para los centros e informativo para las familias y para el conjunto de la comunidad educativa.

Participación en estudios internacionales de evaluación

España participa en diversos estudios internacionales de evaluación educativa, entre los que cabe destacar los siguientes:

  • INES (Proyecto internacional de indicadores de los sistemas educativos), de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), en el que España participa desde su creación en 1992.
  • PISA (Programa para la Evaluación Internacional del Alumnado), de la OCDE. España ha participado en todos los ciclos del Proyecto PISA y ha elaborado informes nacionales basados en los resultados españoles en este programa de evaluación. La aplicación de la última edición se ha llevado a cabo en 2022. A su vez, PISA 2025 tendrá como dominio principal ciencias, además de evaluar también las competencias en matemáticas y lectura, e incluirá la evaluación internacional de lengua extranjera (en este primer ciclo será el inglés).
  • TIMSS (Estudio Internacional de Tendencias en Matemáticas y Ciencias), de la Asociación Internacional para la Evaluación del Rendimiento Educativo (IEA). Bajo un marco teórico común evalúa el progreso en matemáticas y ciencias en 4.º de educación primaria y 2º de la ESO desde 1995. España participó en aquella edición y lo ha vuelto a realizar en 4.º de educación primaria en los años 2011, 2015 y 2019. El siguiente estudio se ha aplicado en 2023. En diciembre de 2024 se espera la publicación de los resultados.
  • PISA for Schools (PISA para Centros Educativos), de la OCDE. Es una evaluación externa enfocada a la mejora. Se trata de una herramienta de evaluación del alumnado dirigida a ser utilizada por los centros educativos y agrupaciones de centros para apoyar la investigación, la evaluación comparativa y sus esfuerzos de mejora. Esta evaluación también proporciona información sobre cómo diferentes factores, tanto internos como externos a los centros, se asocian con el rendimiento escolar. España ha participado en la prueba piloto realizada en 2013. Participan centros educativos y agrupaciones de centros correspondientes a todas las comunidades autónomas y al ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
  • PIRLS (Estudio Internacional de Progreso en Comprensión Lectora), de la IEA. España ha participado en las pruebas de 2006, 20112016 y 2021 aplicadas en 4.º de educación primaria. 
  • TALIS (Estudio Internacional de la Enseñanza y del Aprendizaje), de la OCDE. Analiza el entorno del aprendizaje y las condiciones de trabajo de docentes y directores en los tres primeros cursos de la ESO (2008 y 2013) y en ESO y educación primaria (2018). Además, en la edición de 2024 se incorporará también el segundo ciclo de educación infantil. 
  • ICCS (Estudio Internacional de Civismo y Ciudadanía) de la IEA. Este estudio investiga las formas en que la juventud se encuentra preparada para desempeñar su papel como miembros de la ciudadanía en la sociedad. España participó en este estudio en su primera edición en 2009 no lo hizo en 2016 y volvió a participar en la edición de 2022.
  • SSES (Estudio sobre competencias sociales y emocionales), de la OCDE. Este estudio internacional, promovido por la OCDE, que analiza las habilidades socioemocionales desarrolladas por el alumnado de 10 y de 15 años. Aunque internacionalmente se realizó por primera vez en 2018, España comenzó a participar en 2023 y solo con el alumnado de 15 años.
  • ICILS (Estudio Internacional sobre Competencia Digital, de la IEA). Es un estudio internacional promovido para evaluar la competencia digital del alumnado de 2.º de ESO. Aunque se realizó por primera vez en 2013, con una periodicidad de 5 años, España ha comenzado a participar en la edición de 2023, que corresponde con el tercer ciclo del estudio. Esta edición incluye un módulo opcional para evaluar el pensamiento computacional y la programación.

El INEE coordina la participación del Estado español en las evaluaciones internacionales con los organismos internacionales correspondientes.

Nivel autonómico

A nivel autonómico, las autoridades educativas de cada comunidad autónoma realizan la evaluación de la parte del sistema educativo correspondiente a su ámbito de gestión. Además, cada Administración educativa, en su ámbito de actuación, ejerce ciertas competencias, destacando las siguientes:

  • apoyar y facilitar la autoevaluación de los centros educativos;
  • elaborar y realizar planes de evaluación de los centros educativos, que han de tener en cuenta las situaciones socioeconómicas y culturales de las familias y alumnado que acogen, el entorno del propio centro y los recursos de que dispone;
  • elaborar planes para la valoración de la función directiva con el fin de mejorar el funcionamiento de los centros educativos;
  • promover que los centros elaboren propuestas de actuación que contribuyan a que el alumnado alcance las competencias establecidas, permitan adoptar medidas de mejora de la calidad y la equidad de la educación y orienten la práctica docente.

Evaluación del sistema educativo en su ámbito de gestión

Cada comunidad autónoma realiza la evaluación de la parte del sistema educativo correspondiente a su ámbito de gestión a través de diferentes mecanismos:

  • un Sistema de Indicadores de la Educación;
  • las evaluaciones de diagnóstico (evaluaciones externas en educación primaria y en educación secundaria obligatoria);
  • la participación en estudios internacionales de evaluación.
Sistema de Indicadores de la Educación

Varias comunidades autónomas elaboran informes en los que analizan y detallan el Sistema Estatal de Indicadores de la Educación en su contexto territorial. Esto sucede, por ejemplo, en Andalucía, Aragón, Illes Balears o País Vasco.

Algunas han desarrollado también indicadores propios sobre contexto, recursos, procesos y resultados del sistema educativo. Para ello, emplean estadísticas y otra información procedente de fuentes diversas, como la propia Administración educativa, el Instituto Nacional de Estadística, los institutos autonómicos de estadística, Eurostat, los estudios internacionales o las evaluaciones de diagnóstico.

Evaluaciones de diagnóstico (evaluaciones externas en educación primaria y en educación secundaria obligatoria)

El INEE y los organismos correspondientes de las Administraciones educativas colaboran en la realización de un marco común de evaluación que sirva como referencia de las evaluaciones de diagnóstico.

Los centros docentes han de realizar una evaluación anual a todo el alumnado en 4.º curso de educación primaria y en 2.º curso de educación secundaria obligatoria, según dispongan las Administraciones educativas. La finalidad de esta evaluación es diagnóstica y en ella se comprueba al menos el grado de dominio de la competencia en comunicación lingüística y de la competencia matemática. Estas evaluaciones tienen carácter informativo, formativo y orientador para los centros, para el profesorado, para el alumnado y sus familias y para el conjunto de la comunidad educativa. Los centros educativos han de tener en cuenta los resultados de estas evaluaciones en el diseño de sus planes de mejora.

Corresponde a las Administraciones educativas desarrollar y controlar las evaluaciones de diagnóstico en las que participen los centros de ellas dependientes y proporcionar los modelos y apoyos pertinentes a fin de que todos los centros puedan realizar de modo adecuado estas evaluaciones, que han de tener carácter formativo e interno.

En ningún caso, los resultados de estas evaluaciones pueden ser utilizados para el establecimiento de clasificaciones de los centros.

Participación en estudios internacionales de evaluación

Respecto a los estudios internacionales, todas las comunidades autónomas han ampliado la muestra de PISA para obtener datos representativos de su territorio. Participan, asimismo, en otros estudios internacionales de evaluación donde también amplían muestra.

No obstante, la coordinación con los organismos internacionales correspondientes de la participación de las diferentes comunidades autónomas recae en el INEE, organismo del MEFD.

Evaluación de los centros educativos

Las Administraciones educativas de las comunidades autónomas, pueden, en el marco de sus competencias elaborar y realizar planes de evaluación de los centros educativos. Estos planes han de tener en cuenta las situaciones socioeconómicas y culturales de las familias y estudiantes que acogen, el entorno del propio centro y los recursos de que dispone. Asimismo, deben apoyar y facilitar la autoevaluación de los centros educativos.

Evaluación externa de los centros

Cada comunidad autónoma es responsable del diseño y puesta en marcha de los mecanismos de evaluación externa de los centros en su territorio y puede, además, establecer su propio modelo de autoevaluación o evaluación interna. Dada la complementariedad de ambas, en varias comunidades se regulan de forma conjunta. Este es el caso, por ejemplo, de Extremadura.

Además, algunas de ellas elaboran Planes de evaluación externa que incluyen otros mecanismos evaluadores. Aunque diferentes entre las Administraciones educativas, sus características más destacadas son las siguientes:

  • Tienen una frecuencia variable, que a menudo coincide con el período de ejercicio de la dirección del centro.
  • El organismo responsable, que suele ser la inspección educativa, en algunos casos en colaboración con los organismos de evaluación y calidad educativa de la comunidad autónoma, define los ámbitos que hay que evaluar y suele establecer indicadores.
  • Se evalúan aspectos contextuales, recursos, procesos y resultados educativos. En algunos casos se evalúan también otros aspectos, como, por ejemplo, las condiciones de equidad.
  • Los procedimientos utilizados suelen incluir el análisis de los documentos del centro, la realización de entrevistas y cuestionarios a distintos sectores de la comunidad educativa, y la observación directa de situaciones de enseñanza y aprendizaje.
  • El resultado de la evaluación se recoge en un informe que se pone a disposición de la Administración educativa y del centro, para que introduzcan medidas de mejora.

La reciente participación de España en PISA for Schools supone un método adicional. 

Evaluación interna de los centros

Varias comunidades autónomas, en general a través de sus organismos de evaluación y calidad educativa, han elaborado directrices u orientaciones para apoyar la autoevaluación o evaluación interna de los centros. Abordan distintos aspectos, como ámbitos de evaluación, indicadores, procedimientos o instrumentos u orientaciones para la elaboración de un plan de mejora. Un ejemplo es Castilla La Mancha.

Este tipo de evaluación suele ser de carácter anual aunque, en algunos casos, se indica que la evaluación es continua y los resultados de la misma se recogen en las evaluaciones externas según el plazo estipulado para estas. En general, la dirección del centro es la responsable de coordinar el proceso de evaluación interna y la inspección educativa desempeña labores de asesoramiento o supervisión.

Asimismo, algunas comunidades autónomas, entre ellas la Comunitat Valenciana, han establecido programas de calidad o procedimientos para la implantación de sistemas de gestión de calidad, de carácter voluntario para los centros.

Evaluación de la función docente y directiva

Las Administraciones educativas pueden, en el marco de sus competencias, elaborar planes para la evaluación de la función pública docente, con el fin de mejorar la calidad de la enseñanza y el trabajo del profesorado. Asimismo pueden, elaborar planes para la valoración de la función directiva.

Los planes de valoración de la función pública docente deben presentar las siguientes características:

  • elaborarse con la participación del profesorado y ser públicos;
  • incluir los fines y los criterios de valoración y la forma de participación del profesorado, de la comunidad educativa y de la propia Administración en el proceso evaluativo;
  • fomentar la evaluación voluntaria del profesorado.

Nivel local (de centro educativo)

A nivel de centro educativo, los propios centros pueden diseñar y realizar sus propias evaluaciones internas o externas.